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La Denominació d'Origen Pla i Llevant sostiene que el Pla Territorial discrimina el cultivo de la vid

Solicitan que no se incluya la viña entre las explotaciones calificadas de interés agrícola extensivo

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La Denominació d'Origen Pla i Llevant de Mallorca ha presentado alegaciones al Pla Territorial al considerar que el documento supone un «agravio comparativo y una discriminación» para la viña en comparación con el resto cultivos a excepción del olivar. Además, según ha explicado el presidente de la denominación de origen, Jaume Grimalt, el contenido del Pla Territorial de Mallorca va «en contra de favorecer y estimular la plantación de viña».

La principal queja de la DO Pla i Llevant radica en que la viña y el olivar han sido incluidas en las áreas de interés agrario extensivo mientras el resto de cultivos son considerados intensivos. En este sentido, explican que «el viñedo tienen en Mallorca una vida útil (económicamente rentable) de 20 años de media. Al arrancar un viñedo, deben pasar 5 años para volver a plantar en la misma parcela, sin embargo los derechos de plantación que el arranque originó, permiten que se plante al año una superficie idéntica en otra parcela del mismo propietario o de uno distinto, ya que los derechos son transferibles». Todo ello supone que «ni la superficie es estable a lo largo del tiempo, ni las parcelas que hoy están con cultivo de la viña, puede que el año que viene ya no esté en cultivo». Todo ello puede provocar «interpretaciones erróneas» a la hora de interpretar las líneas marcadas por el Pla Territorial.

Por otro lado, explican que tras una reunión con el equipo redactor del Pla Territorial «se nos ha afirmado que lo que se pretende es fomentar el cultivo de la vid mediante una diferenciación incluyendo una mayor dificultad edificadora en terrenos de cultivo de viña», sin embargo, desde la DO opinan que este hecho puede suponer todo lo contrario, una «desestimulación del cultivo» ya que «supondría que las viñas entre 14.000 y 28.000 metros cuadrados quedarían gravadas con una carga (no edificar) que no tendrían las parcelas vecinas, lo que provocaría que los terrenos con esta superficie no fueran destinados al cultivo de vid o, que se optara por construir primero, para después proceder a la plantación de vid».

Exclusión
Por todo esto, la Denominació d'Origen Pla i Llevant de Mallorca solicita que en la redacción final del PTM «no se incluya a la viña entre los cultivos calificados como de interés agrícola extensivo. O que al menos, no se produzca discriminación alguna entre el cultivo de la vid y el resto de cultivos agrícolas», concluyen las alegaciones presentadas al Pla Territorial.

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