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La Audiencia anula una millonaria sanción a un arquitecto por retrasar un proyecto

Los jueces revocan una sentencia dictada por una jueza de Primera Instancia de Manacor

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La Sección Tercera de la Audiencia de Palma ha revocado una sentencia dictada por una jueza sustituta de Primera Instancia de Manacor en la que condenaba al arquitecto Norberto Viñas Massanet a indemnizar con 2,9 millones de euros (unos 480 millones de pesetas) a la empresa Köllmann Española SL por «los daños causados» tras el cambio de normativa que impidió construir en el sector 5 del Plan Parcial de la Colònia de Sant Pere.

Los jueces, en una sentencia de la que fue ponente el magistrado Guillermo Rosselló, exculpan al arquitecto y consideran que «de los hechos declarados en modo alguno cabe tener por probado que el demandado incumpliera la obligación de entrega del supuesto proyecto de urbanización, que afirma la demandante y recoge la sentencia, ya que no existía plazo estipulado de entrega y la posible demora sería consecuencia de la conducta de la arrendataria».

La empresa exigió la millonaria indemnización al arquitecto por los supuestos daños y perjuicios causados como consecuencia de la falta de ejecución puntual del proyecto de urbanización y se basa en el precepto general del artículo 1.101 del Código Civil. Köllmann Española consideró que el arquitecto «había incumplido el encargo de redactar el proyecto de urbanización con la debida celeridad que exigían las circunstancias a fin de ser debidamente aprobado antes de la entrada en vigor de la Ley Autonómica sobre Directrices de Ordenación del Territorio, el 17 de abril de 1999». Ese retraso, según la empresa, fue el causante de daños al ser recalificados los terrenos adquiridos como rústicos, con pérdida de los derechos urbanísticos.

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