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Campanet

La juez sentencia que el agua de ses Fonts Ufanes es de propiedad privada

Los dueños de la finca Gabellí Petit deben respetar el uso que se ha hecho tradicionalmente

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La juez del Juzgado de Primera Instancia Número 11 de Palma, Fátima Saura, ha fallado a favor de la empresa Alcúdia Marítima SA, propietaria de la finca Gabellí Petit y representada por el abogado Miquel Coca, en el conflicto que mantenía con el Estado por la propiedad del agua y el cauce de ses Fonts Ufanes. La juez ha desestimado la demanda interpuesta por el abogado de Estado y ha sentenciado que la propiedad del cauce y el agua de ses Ufanes, que brotan en la finca Gabellí Petit, en Campanet, es de propiedad privada. No obstante, matiza que el aprovechamiento de las aguas debe ser el que se ha venido realizando tradicionalmente, y el incremento de caudales o modificación de las condiciones o régimen de aprovechamiento requiere la oportuna concesión.

El agua de ses Ufanes viene de la montaña, se recoge en una cuenca de unos 40 kilómetros cuadrados y llega subterráneamente por una especie de rambla muy permeable hasta ses Ufanes, donde se encuentra una zona impermeable que hace que brote al exterior. Después desemboca en el torrente de Sant Miquel, atraviesa sa Pobla y desemboca en Alcúdia. La sentencia indica que queda acreditado, primero, «que el dominio sobre las aguas de ses Fonts Ufanes era privado a la entrada en vigor de la ley» de 1985 y, segundo, «que actualmente el aprovechamiento de las aguas es idéntico al que se venía haciendo por los anteriores titulares del predio, sin que se haya ampliado el caudal o modificado las condiciones de aprovechamiento siendo utilizada desde tiempo inmemorial para abrevar ganado, producción de leña, carbón,...». En tercer lugar, resalta que «por sus titulares no se procedió en el plazo previsto en la ley, a su inscripción en el Registro de Aguas como aprovechamiento temporal de aguas privadas, por lo que si bien no pueden gozar de la correspondiente protección administrativa, mantienen la titularidad en la misma forma que hasta el momento». El abogado del Estado solicitaba a la juez que las aguas y el cauce fuesen de dominio público, amparándose en la Ley de Aguas de 1985, aunque matizó que el aprovechamiento seguiría siendo privado.

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