El suelo rústico de Artà se verá altamente protegido si se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias que está llevando a cabo el equipo de gobierno mediante consenso con los grupos de la oposición. La propuesta que se plasma en el avance de planeamiento urbanístico es la edificación en parcela mínima de 30.000 metros cuadrados. Esto supone restringir el doble la construcción en suelo rústico, ya que la actual normativa urbanística en el municipio de Artà contempla la edificación en parcela mínima de 15.000 metros cuadrados.
El delegado de Urbanismo, Jaume Guiscafré (IA), ha explicado que el Ajuntament d'Artà establece tres figuras que no están contempladas en ninguna normativa urbanística superior a la municipal. Una es el paisaje preservado de la edificación que no se puede edificar, después el paisaje preservado número 1 (PP1), donde no se podrá edificar en 200.000 metros cuadrados, y paisaje preservado número 2 (PP2), que establece la parcela mínima para la edificación en 60.000 m2. .
En las zonas contempladas como Àreas Naturales de Especial Interés (ANEI) no se podrá edificar nada, mientras que en las zonas clasificadas como Àrea Rural de Interés Paisajístico habrá una parte que será inedificable como la falda de las montañas y en las demás zonas se establece la parcela mínima en 300.000 metros cuadrados.
El portavoz d'Esquerra Unida, Julen Adrián, ha presentado diversas sugerencias en la que propone que consideran «necesario incrementar la conservación paisajística en algunas áreas. Por una parte, creemos que no está justificada la diferencia entre PP1 con la parcela mínima de 200.000 metros cuadrados y PP2 con parcela mínima de 60.000 m2, ni por la diferencia de valores paisajísticos ni naturales. Sospechamos que esta diferencia de tratamiento tiene más que ver con antiguos compromisos con algunos propietarios que han realizado parcelaciones que son difícilmente compatibles con los intereses generales y la preservación del territorio, por eso planteamos eliminar el PP2 y pasar todo al PP1».