El TSJIB confirma que una de las viviendas turísticas de Alzina Living en el barrio de Son Espanyolet era ilegal. La Sala de lo Contencioso ha desestimado el recurso de la empresa contra la decisión de la Conselleria de Turisme de retirarle la inscripción para alquiler vacacional porque la vivienda, el número 61, no reunía los requisitos necesarios para tener esa calificación. El inmueble consta anunciado en la página de la empresa para alquiler ‘no vacacional' como Villa Barrera 61.
La empresa presentó ante la Consellería en 2017 la declaración responsable de inicio de actividad turística para inscribir esta vivienda, situada en la calle Barrera 61 de Palma. Algo más de un año después, en julio de 2018 recibió una visita de la inspección que detectó que era necesaria una reforma tanto interior como exterior de la vivienda: suelos, paredes, techos, iluminación, armarios, cocinas y baños. En total, la empresa dice haberse gastado 140.000 euros en esa reforma. Tras estas obras, la inspección hizo otras dos visitas a la vivienda.
En una de ellas detectó que no se habían subsanado todas las deficiencias y, en la otra, que el número de plazas que se declaraban, que eran ocho, no correspondía con la cédula de habitabilidad de la vivienda, que mostraba seis. Además se incluía una habitación no reconocida. A partir de esos dos informes se le retiró la licencia. En las inspecciones obtuvo 64 puntos y para abrir son necesarios 70.
La empresa argumentaba que sí cumple con las condiciones para explotar ese alojamiento y que había estado indefenso durante el procedimiento. Ambos argumentos son rechazados por el tribunal. La sentencia valora que cualquier vivienda destinada a alquiler turístico debe cumplir desde el principio «todos y cada uno de los requisitos fijados». Cosa que no ocurría con Barrera 61. «Resulta esclarecedor el contenido del primer informe que revela un estado de la vivienda claramente insuficiente. Resulta una falta de cumplimiento de la legalidad presentar la declaración responsable de una vivienda que por su estado no está en condiciones».
También reprocha que no haya corregido el número de ocupantes y que no subsanara las deficiencias. «Ello no ha sido desvirtuado por la empresa ni durante el expediente, ni tampoco ahora en fase judicial, donde ni siquiera solicitó prueba», concluyen. También niegan que haya padecido indefensión ya que «tiene total y perfecto conocimiento de los razonamientos que fundamentan la decisión de cancelar la inscripción».