En ocasiones la percepción que tenemos de las cosas no se compadece exactamente con la realidad. Seguro que conocerán a alguien preocupado por la okupación de viviendas, un fenómeno aparentemente en auge en Palma y en Baleares en su conjunto. ¿Se okupan más casas y pisos que antes en la capital balear o es solo una idea preconcebida, apoyada en verdades a medias? Borja Luengo, inspector jefe del Grupo de Rayos de la Policía Nacional, está acostumbrado a lidiar con estas situaciones. Él y los suyos son la primera respuesta, los primeros que con sus motocicletas acuden con rapidez a la llamada de auxilio de un ciudadano a quien le han okupado su casa.
«El mismo instante de producirse la entrada ilícita es el mejor momento para solucionar el problema de la okupación de una vivienda, y además es el más favorable para el propietario. Por el contrario, si se debe proceder a fechar la entrada en la vivienda de las personas que supuestamente la han okupado resulta más conflictivo, porque para ello debemos recabar evidencias y requiere un proceso. Todos suelen argumentar que llevan allí tres o cuatro días, a pesar de que acaben de reventar la puerta de una patada», explica este funcionario que ha pasado los últimos cinco años trabajando casi a diario con estas situaciones, entre otras tantas labores de Seguridad Ciudadana en la capital balear.
El principal cometido de los primeros efectivos policiales que acuden a un inmueble que ha sufrido una okupación en Palma es el de «acreditar si esa casa se puede catalogar como morada o no de las personas okupas. Si entramos y en la vivienda advertimos colchones, cepillos de dientes, ropa o en definitiva efectos personales que indiquen que esa persona habita la vivienda en calidad de morada, aunque sea esporádicamente, tiene que entrar un juez a valorar el asunto. En caso contrario tenemos la potestad de entrar en la vivienda, arrestar a la persona que la ha okupado y restituir la propiedad a su legítimo poseedor en ese mismo instante» explica el inspector.
¿Por qué esa diferencia de protocolo de actuación? Todo radica en el cambio del código penal realizado en 2015. No obstante Luengo cree comprobado que, con el paso del tiempo, existe una mayor concienciación. «Lo principal es la colaboración ciudadana, algo que va en interés del vecindario, del propietario y también nuestro». Ello explica, según Luengo, que año tras año se incremente el número de hechos conocidos de okupación ilegal de inmuebles, tal y como arrojan los últimos datos consolidados disponibles que figuran en el Sistema Estadístico de Criminalidad del Ministerio del Interior.
«De cada vez tenemos más denuncias y notificaciones de okupaciones porque todo el mundo está más concienciado sobre cómo hay que actuar frente a una okupación; esto es notificarla lo antes posible». «Nuestro máximo interés es recuperar la propiedad para el legítimo propietario», asegura el inspector de policía, quien considera que los palmesanos «cada vez están más concienciados con este tema y con la Seguridad Ciudadana en general».
El apunte
Morada e intimidad
El cambio legislativo de 2015 en el Código Penal que opera en el supuesto de la okupación de viviendas conjuga los conceptos de morada y derecho a la intimidad, y ha llevado a que muchas detenciones a partir de esa fecha se reduzcan a faltas administrativas. Según su doctrina la morada corresponde al lugar donde una persona encuentra su espacio íntimo, con independencia de que esa propiedad legalmente sea suya. En consecuencia si alguien entra por la fuerza en un domicilio y transcurre allí varios días resultará más complicado hacerle salir, algo para lo cual tendrá que mediar necesariamente una decisión judicial. La Policía y la Justicia llegan donde llegan y los tiempos no son a veces los óptimos pero conocer la norma previene de futuros problemas.