El juzgado de Instrucción 5 de Palma ha abierto unas diligencias previas a raíz de la querella presentada contra el alcalde de Palma, Antoni Noguera, y el concejal de Urbanisme, José Hila, por prevaricación en torno al Mercado de San Juan y el depósito de Son Toells.
La Asociación de Víctimas de Arbitrariedades Judiciales (JAVA), organización articulada en torno a policías locales de Palma a partir del ‘caso Cursach', presentó una querella por haberse permitido el desarrollo de ambas actividades sin licencia, «así como con incumplimiento de la normativa medioambiental en una de ellas». En un auto, la titular del juzgado requiere a la asociación para que presente un poder y sus estatutos para poder ejercer la acusación popular.
Sin embargo, pese a ese defecto formal, la magistrada tiene por presentado el escrito y señala que en él «se relatan hechos que pudieran ser constitutivos de delito para cuya persecución no es necesaria la presentación de querella, como lo es el de prevaricación». De esta forma considera que el documento tiene valor de denuncia y, en consecuencia abre unas diligencias previas «para la averiguación de los hechos denunciados y circunstancias que concurren en su comisión». Por el momento no ha acordado ninguna diligencia en torno a los dos querellados.
Este es el mismo juzgado que tramita la otra querella presentada contra Noguera y admitida a trámite: la que presentó la Federación de Alquiler Turístico, Fevitur, por la prohibición de esa práctica en la ciudad. En torno a ese asunto tampoco se ha tomado por el momento la decisión de citar a Noguera.
Querella
En este caso, la querella de JAVA, apunta a la falta de licencia del Mercado de San Juan y a problemas en el sistema antiincendios que dieron lugar a una condena en un procedimiento civil por daños en uno de los locales. El documento sostiene que Hila conocía esa situación y que, por tanto, pudo incurrir en un delito.
Respecto al depósito de vehículos se basa en un informe del Seprona de la Guardia Civil que apunta a que el depósito carece de medidas de protección para evitar la acción de líquidos contaminantes y también sostiene que el alcalde y el concejal de Urbanisme son conocedores de esa situación, «sin que exista constancia de que se iniciara actividad alguna tendente a evitar la ilegalidad en la que tenían obligación de intervenir».