Síguenos F Y T L I T R

El Gobierno aprueba la ley que obliga a la paridad en las empresas, la política y la justicia

Supone un «paso más» en el camino de la igualdad de género, uno de los «vectores que guía la acción» del ejecutivo de coalición

La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño (i) y la ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez (c) a su llegada a la rueda de prensa. | Efe - Juan Carlos Hidalgo

| Madrid |

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la ley de Representación Paritaria que obliga a que ningún sexo tenga un peso inferior al 40 % en direcciones de empresas, miembros del Gobierno, candidaturas electorales y órganos como el Tribunal Constitucional. En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, ha destacado que esta norma garantizará la paridad en los órganos de decisión públicos y privados y supone un «paso más» en el camino de la igualdad de género, uno de los «vectores que guía la acción del Gobierno».

La norma, que se llevó en primera vuelta al Consejo de Ministros el pasado mes de marzo, obliga a las empresas a tener consejos y direcciones paritarias, es decir con un mínimo del 40 % de mujeres, algo que también aplica a las candidaturas electorales y a los miembros del Gobierno, así como a los colegios profesionales y a los jurados de premios o reconocimientos de carácter público.

Ese principio de representación equilibrada afectará asimismo a órganos constitucionales y de relevancia, como el Tribunal Constitucional, el Consejo de Estado, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial. Los organismos encargados de velar por el cumplimiento de las obligaciones de representación paritaria en sociedades cotizadas y entidades de interés público serán la CNMV y el Instituto de las Mujeres, respectivamente.

Las empresas tendrán plazos para adaptar la ley en función de su tamaño: antes del 1 de julio de 2024 en el caso de las cotizadas y hasta julio de 2026 en las empresas no cotizadas de más de 250 empleados y 50 millones de euros de volumen de negocio anual.

En el ámbito de la Administración General del Estado, los órganos superiores y directivos (por ejemplo, las secretarías de Estado, las subsecretarías y las direcciones generales) de cada Ministerio deberán incorporar también este principio de «representación equilibrada» en los próximos cinco años, hasta 2028. La obligación se extenderá a todas las entidades del sector público estatal. En el caso de entidades de interés público, consejos generales y colegios profesionales que no cumplan el umbral del 40 % tendrán que justificar los motivos y corregirlo. También se deberán presentar listas cremallera en los procesos electorales y ningún sexo deberá tener una representación inferior al 40 % en el Consejo de Ministros.

Lo más visto