El Gobierno considera «factible» lograr una reducción de entre un 10 y un 15 % del desperdicio de alimentos con el proyecto de ley presentado esta semana, que obliga a los agentes de la cadena alimentaria a contar con un plan de prevención para evitar que lleguen a la basura comestibles en buen estado. Así lo han expresado este jueves fuentes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), tomando como referencia la disminución del 10 % en el desperdicio de alimentos que han observado en el consumo en hogares en los dos últimos años, y el más del 16 % que se redujo durante los meses del confinamiento de 2020.
«Sería razonable hablar, por lo que vemos en hogares, de una reducción de un 15 o un 10 % anual. Es factible, pero va a depender de que comience a aplicarse la ley y de que aumenten las buenas prácticas de actuación que contempla», han señalado las fuentes. No obstante, han indicado que el nuevo proyecto de ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que comenzará ahora su trámite parlamentario, no tiene de momento metas anuales marcadas, y que tiene que hacerse todavía una planificación estratégica interministerial al respecto. Según los últimos datos publicados por el MAPA, en el año 2020 los hogares españoles tiraron a la basura 1.364 millones de kilos/litros de alimentos, una media de 31 kilos/litros por persona. Desde el Ministerio han adelantado que en 2021 se redujo un 8,5 % el desperdicio en los hogares en comparación a 2020 y que se observa una «tendencia a la disminución».
El MAPA ha informado de que «pronto» anunciará el dato del desperdicio extradoméstico que ha detectado en restaurantes, calculado en función de lo que los consumidores finalmente desperdician del plato que pidieron. La nueva ley no establece obligaciones ni sanciones para los ciudadanos por el uso que hacen de los alimentos en sus domicilios, pero sí para los agentes del sector agroalimentario, desde el eslabón primario y las industrias a la distribución y la hostelería. Les obliga a todos a contar con un plan de prevención para minimizar las pérdidas de alimento y actuar para evitarlo siguiendo un orden de prioridades, que poner en primer lugar que se destine el sobrante para consumo humano. Esto se llevará a cabo mediante la firma obligatoria de acuerdos o convenios con bancos de alimentos en los que se deberá recoger de forma expresa las condiciones de recogida, transporte y almacenamiento de los productos.
El MAPA ha indicado que no ha realizado un estudio de lo que puede suponer en coste económico a los agentes del sector llevar los alimentos a los las instituciones que los van a repartir a los más necesitados, pero ha recordado que en función de la ley de residuos están exonerados del IVA en los productos que donen. Las empresas de hostelería, además de las obligaciones anteriores, deberán facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional alguno, los alimentos que no haya consumido, salvo en los establecimientos tipo bufé libre o similares. Ni las industrias ni los bares y restaurantes están obligados a bajar los precios de venta de los productos próximos a caducar; «esto entra dentro del ámbito de las buenas prácticas», han dicho las fuentes del MAPA.
Los establecimientos del comercio minorista de menos de 1.300 metros cuadrados no están obligados a firmar un convenio con bancos de alimentos, pero sí a tener un plan de prevención para evitar que insumos comestibles acaben en la basura. Las inspecciones para el cumplimiento de la ley estarán a cargo de las comunidades autónomas y el régimen sancionador establece faltas graves, que pueden oscilar entre 2.001 y 60.000 euros, e infracciones muy graves sancionables con entre 60.001 y 500.000 euros de multa.