El Tribunal Supremo ha rechazado que el diputado de JxCat Jordi Sànchez, suspendido como parlamentario y en prisión preventiva por la causa del «procés», salga de la cárcel para ir a la ronda de consultas con el rey al no concurrir los «importantes y comprobados motivos» que justificarían el permiso.
Además, a la hora de valorar «la potencial afectación del derecho de participación» de Sánchez, el alto tribunal indica en un auto que el exlíder de la Asamblea Nacional Catalana es «perfectamente sustituible» por cualquier otro miembro de su candidatura.
«Y lo que es más importante, la negativa que ahora resolvemos implica una limitación que es inherente a la medida cautelar que le afecta», es decir, la situación de prisión preventiva en la que lleva desde el 16 de octubre de 2017.
Jordi Pina, defensa de Sànchez, fundamentó su petición en lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, que prevé la concesión de permisos extraordinarios en caso de «fallecimiento o enfermedad grave» de un familiar o si existen «importantes y comprobados motivos» para ello.
Para valorar este último punto, la Sala tiene en cuenta que no debe olvidarse «la excepcionalidad» de la concesión de un permiso de salida a un preso preventivo ni la necesidad de valorar si concurre tal importancia con la situación en la que se halla Sànchez, acusado de rebelión en el Supremo.
«No se trata -dice el auto- de una importancia identificable con la relevancia constitucional de esa entrevista sino de una 'importancia' que ha de valorarse en conexión con los fines del proceso al que el solicitante se halla sometido».
Pese a que no ha evitado pronunciarse sobre el fondo de la petición, el tribunal del «procés» indica que la defensa de Sànchez ha incurrido en un defecto de forma que por sí solo justificaría su rechazo pues debió dirigir la solicitud en primer término a Instituciones Penitenciarias para la previa tramitación de un expediente administrativo.
Aun así, ha dado esta respuesta a Sànchez al atender la necesidad de «una pronta respuesta motivada que despeje las incertidumbres» a su solicitud, que «hace aconsejable no retrotraer las actuaciones para la correcta formalización del expediente».
La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, señaló el pasado jueves que solo pueden acudir a la ronda de consultas las personas que «estén materialmente en condiciones de poder asistir», situación en la que «parece» no encontrarse Sànchez, y así se lo transmitieron los servicios jurídicos de la Cámara al grupo de JxCat.