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Desafío independentista

El Supremo rechaza emitir una euroorden de detención a Puigdemont en Dinamarca

Carles Puigdemont a su llegada a Copenhagen. | Reuters

| Madrid |

El juez Pablo Llarena ha rechazado cursar una orden europea de detención contra el expresident Carles Puigdemont ante Dinamarca, tal y como le ha solicitado esta mañana el fiscal ante el Tribunal Supremo.

La Fiscalía ha solicitado este lunes cursar una orden de detención europea para Dinamarca, por los delitos de rebelión y/o sedición, contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, que esta la mañana de este lunes ha llegado a Copenhague para dar en una conferencia en la universidad de la capital danesa.

En un auto publicado este lunes el magistrado le dice al fiscal que encuentra razonable su petición, pero añade que hay matices que conducen a que una orden de ese tipo deba ser pospuesta, aunque la califica de razonable.

Añade que lo que busca Puigdemont es precisamente ser detenido para encontrar un resquicio legal por el cual poder delegar su voto en el Parlament.

Otra es que una petición de entrega precipitada podría limitar los delitos por los que en un futuro podrá ser juzgado.

En referencia a la primera razón, el juez dice en su auto de esta mañana que el expresident ha querido obligar a su detención para «forzar un contexto en el que poder delegar su voto, como si estuviera en el mismo supuesto que quienes están a disposición de este Tribunal y han sido provisionalmente privados de su libertad».

Llarena se refiere así al exvicepresident Oriol Junqueras y a otros, a quienes él mismo ha permitido delegar su voto en el Parlament.

En este sentido, en su auto, el instructor subraya que «la jactancia del investigado de ir a desplazarse a un concreto lugar no tiene otra finalidad que buscar la detención» para «burlar el orden legal que rige la actividad parlamentaria».

«Frente a la imposibilidad legal de optar a una investidura sin comparecer en el Parlamento, la provocación de una detención en el extranjero busca (...) alcanzar la investidura y el voto que parlamentariamente no puede obtener», añade.

La segunda razón que aduce el juez para no cursar la euro orden es que es preferible a su criterio esperar a ponerla en funcionamiento en un momento posterior de su investigación, cuando ésta ya haya sido completada. Así, dice, la entrega por parte del Estado requerido podrá basarse en una completa evaluación de los hechos incriminatorios.

En este segundo motivo el juez mantiene el criterio que ya sostuvo al anular la anterior euro orden emitida a Bélgica, el de evitar que los delitos por los que le sea entregado Puigdemont puedan condicionar el rumbo de su instrucción.

La juez que puso en marcha la orden europea de detención contra Puigdemont y los cuatro exconsellers que viajaron con él a Bélgica fue la magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela. Llarena retiró esas órdenes de detención el pasado 5 de diciembre.

En su auto el juez se refiere a aquella decisión y señala que la tomó tras constatar que las órdenes de detención, lejos de facilitar un adecuado desarrollo del procedimiento, «podían introducir una restricción inaceptable del objeto del proceso».

El Estado requerido podría denegar la entrega por alguno de los delitos requeridos y ello podría suponer «una restricción del título de imputación para los investigados que se encuentren fugados», explica.

Esa previsión, en todo caso, no supone una desconfianza respecto de la actuación jurisdiccional de un Estado en concreto, argumenta el juez.

Se trata más bien de que entre distintas legislaciones existen «lógicas divergencias», pero también de que de la investigación se encuentra en un momento inicial y, cuando haya avanzado, habrá más indicios en los que sostener la petición de entrega por los delitos que se consideren. Ese fue su criterio en diciembre y hoy no ha encontrado motivos para cambiarlo.

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