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La Audiencia desestima el recurso de Juana Rivas, que debe devolver a sus hijos al padre

La Audiencia desestima el recurso de Juana Rivas, que debe devolver a sus hijos al padre. | Efe

| Granada |

La Audiencia Provincial de Granada ha resuelto en contra de los intereses de Juana Rivas, la vecina de Maracena que permanece en paradero desconocido desde que incumpliera la orden judicial de entregar a sus hijos al padre, en la resolución del incidente excepcional de nulidad que presentó ante este tribunal provincial, la cual incide en que ha de restituir los menores a su progenitor, residente en Italia.

Así lo ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ha especificado que la Sección Quinta de la Audiencia de Granada, habilitada para este caso en agosto, han desestimado este recurso presentado por la defensa de la madre de Maracena porque «no se han vulnerado derechos fundamentales ni garantías procesales, como apreciaba la recurrente».

Se ratifica lo sentenciado por el Juzgado de Familia 3 de Granada el 14 de diciembre de 2016 acerca de la restitución de los menores en «un plazo improrrogable de tres días», que daba a Rivas para entregar a los niños, de once y tres años, en el domicilio del padre, o regresar a Italia con los mismos. También se podía trasladar a estos efectos el progenitor, Francesco Arcuri, que actualmente está en España siguiendo este caso, a la espera de poder recuperar el contacto con sus hijos.

Este recurso fue presentado el mismo día en que el Tribunal Constitucional no admitió a trámite la demanda de amparo que presentó para solicitar que se preserve su derecho a retener a sus hijos menores de edad. Los representantes legales de la madre de Maracena han informado en los últimos días de que, en esta tesitura, volverán a recurrir en amparo ante el TC.

En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados de la Audiencia censuran que, «por distintas maniobras procesales, no se haya ejecutado todavía la sentencia firme del juzgado de Primera Instancia número 3» para la «restitución inmediata de los menores», dado que la ley --que recoge el Convenio de la Haya-- contempla que un procedimiento similar no conlleve más de seis semanas en toda su instancia.

Los magistrados de la «Sala de Vacaciones» de la Audiencia que han resuelto el incidente han señalado que los menores tienen que retornar a Italia y que, según la ley, sea un juez italiano el que decida la situación entre los padres y los dos hijos menores.

En la vía penal de este caso, el Juzgado de Instrucción 2 de Granada emitió una orden de detención y presentación a la madre de Maracena, a la que investiga por posible sustracción de menores.

En el auto de la Audiencia, se aconseja que, como marca la ley, se acuda al auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para llevar a cabo la orden de detención y presentación de Rivas ante el juez, para declarar con todas las garantías procesales.

En sus razonamientos jurídicos, el auto, contra el que no cabe recurso, alude a que es «conocida la actitud desafiante a los requerimientos judiciales por parte de la demandada y promotora de este incidente» que «retiene», sin saberse «en qué condiciones, a sus hijos menores evitando la entrega de los mismos», siendo un «tema de hondo calado personal».

Una vez desestimado el incidente de nulidad, y especificado que no ha lugar al recurso de reposición contra la admisión del mismo que puso el padre de los niños, Francesco Arcuri, el auto pide que se devuelvan «sin demora» al Juzgado de Familia 3 de Granada los autos de conformidad con la diligencia de ordenación en que «se declaraba la firmeza de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial» con fecha de 21 de abril de 2017.

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