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El Supremo archivó la demanda de paternidad contra Juan Carlos por «falsa, frívola e injusta»

Ingrid Sartiau. | Efe

| Madrid |

El Tribunal Supremo explica que si dejó sin efecto la admisión inicial de la demanda de paternidad presentada por la ciudadana belga Ingrid Jeanne Sartiau contra el Rey Juan Carlos fue porque ésta era «falsa, frívola e injusta» y porque después ofreció versiones «excluyentes» que eran «incompatibles» con la expuesta en la reclamación judicial.

Por todo ello, y a pesar de haberla admitido unos meses antes, la demanda de Sartiau carecía «completamente de la verosimilitud o seriedad» exigida para poder ser tramitada. «Demuestra también que es, francamente, falsa, frívola e injusta», añade la resolución dada a conocer este jueves.

El pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo hizo pública su decisión el pasado 11 de marzo por siete votos a tres de aceptar el recurso presentado por la defensa del Rey Juan Carlos, ejercida por el despacho Garrigues, y dejar sin efecto su admisión a trámite que se había adoptado en el mes de enero.

Dos magistrados presentaron voto particular defendiendo que, una vez admitida, la valoración de las pruebas se debería haber realizado en el curso de la instrucción del asunto, en vez de dejarla sin efecto.

Para explicar el cambio de criterio en tan sólo unas semanas después de que admitiera a trámite la demanda, la Sala Civil señala que la situación cambió de tal forma que lo que se había admitido como principio de prueba dejó de serlo por la actuación de la propia Sartiau, ante la que el tribunal no puede permanecer indiferente.

Así, explica que la demandante puso los hechos «en conocimiento de la opinión pública de una forma diferente y contradictoria» a lo largo de varias intervenciones en medios de comunicación, como la entrevista concedida a 'Le Soir Magazine' unos meses antes de otorgarse el acta notarial en la que basó la reclamación ante el Supremo.

«La demandante manifestó, en contradicción con la demanda y con lo manifestado por su madre ante notario, que la historia de amor del demandado con su madre había durado desde 1956 hasta 1966 y ambos se habían conocido en Bélgica, cuando el demandado estaba de visita en casa de la familia Merodo, en la que su madre trabajaba como gobernanta. En la demanda aseguraba que se conocieron en la costa del Sol, donde mantuvieron varios encuentros sexuales».

Añade el alto tribunal que en otra entrevista concedida por Sartiau el programa 'Un tiempo nuevo' de Telecinco señaló que su madre y Juan Carlos se habían conocido en Francia y que pocos años después se reencontraron en España donde continuaron la relación. En otra entrevista en TV3 reconoció que el acta notarial aportada era «bastante insuficiente».

«En consecuencia, no es que los relatos difieran en cuestiones de detalle; es que se trata de versiones excluyentes por ser incompatibles -razona el Supremo-. Son radicalmente diferentes en cuanto al tipo de relación entre el demandado y la madre de la demandante, hasta el punto de que la versión alternativa a la de la demanda tampoco es coincidente porque tan pronto se sitúa el inicio de la relación en Bélgica como en Francia».

Todo esto da la impresión, a juicio del Supremo, que "la demanda es más un relato propio del abogado (de Sartiau) que un relato fundado en lo manifestado por su cliente".

También encuentra contradicciones el Supremo en lo alegado por la belga con respecto a un encuentro en el restaurante Casa Lucio de Madrid entre ella y otro supuesto hijo biológico del Rey Juan Carlos, que aludió como un tal «Felipe que trabaja en Zarzuela». En la televisión la propia Saritau dijo que había tenido una cita «con alguien en España que era un Borbón» pero que no se llegó a celebrar.

Las contradicciones, según los magistrados de la Sala Civil del Supremo, permiten concluir que la demanda no perseguía otra finalidad que obtener el ADN del Rey Juan Carlos, una prueba que «no guarda adecuada proporción con la intromisión que comporta en la intimidad y la integridad física o moral del afectado».

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