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La jueza Alaya vuelve a señalar como preimputados a Chaves y Griñán

Responde al requerimiento de la Audiencia que le exigía que motivara la imputacion

La jueza Mercedes Alaya, en una imagen de archivo, en los juzgados de Sevilla. | Ra

| Sevilla |

La jueza Mercedes Alaya, titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla que instruye el caso de los ERE fraudulentos, ha vuelto a señalar como preimputados a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

En el auto conocido hayer y al que ha tenido acceso Efe, Alaya responde a otro de la Audiencia de Sevilla del pasado 13 de diciembre en el que se ordenaba a la jueza que motivara mejor su auto del pasado 10 de septiembre en el que se preimputó a los expresidentes y a cinco exconsejeros de la Junta de Andalucía, todos ellos aforados.

Los cinco exconsejeros son Carmen Martínez Aguayo, José Antonio Viera, Francisco Vallejo, Manuel Recio y Antonio Ávila.

Justificación

Alaya justifica la preimputación y les acusa de conocer las advertencias que llegaron al Consejo de Gobierno andaluz sobre las irregularidades en el sistema de financiación para pagar prejubilaciones y subvenciones a empresas en crisis.

En el auto, Mercedes Alaya dice exponer «de forma descriptiva» y «aséptica, sin realizar ningún juicio de valor» los datos «que existen en la causa sobre la inidoneidad del proceso seguido de concesión de subvenciones a través de transferencias de financiación» y enumera sus consecuencias: ausencia absoluta de trámite administrativo, de fiscalización previa del gasto como control de legalidad, de bases reguladoras y de criterio.

Se da la circunstancia, según el auto, de que en algunas ocasiones se dio financiación completa del plan de jubilaciones a empresas con solvencia económica o a personas o a empresas en un entorno cercano a los sindicatos o a la Junta de Andalucía.

El pago sin límites de comisiones a las mediadoras de seguros, ayudas a empresas algunas de las cuales carecían de actividad o creación de empresas instrumentales sólo para ser receptoras de ayudas son otras de las consecuencias, así como «el incumplimiento total de la normativa comunitaria».

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