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La ‘doctrina Parot', ante su veredicto definitivo

Henri Parot, en un juicio celebrado en la Audiencia Nacional en 2007.

| Estrasburgo |

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos hará público hoy el fallo definitivo, sobre el que no cabe recurso, de la sentencia dictada contra España por aplicar la ‘doctrina Parot' a la etarra Inés del Río Prada.

El presidente del Tribunal, el luxemburgués Dean Spielmann, acompañado del secretario general de la Gran Sala, Michael O'Boyle, leerá el fallo a las 10.30 desde la sede de ese organismo en Estrasburgo.

La vista se celebró el pasado 20 de marzo, después de que se admitiera el recurso ante la Gran Sala, y la sentencia debe resolver si España vulneró los artículos 5.1 (Derecho a la libertad y a la seguridad) y 7 (No hay pena sin ley) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La sentencia adoptada por unanimidad en julio del año pasado concluyó que la aplicación de la «doctrina Parot» fue «irregular» y pidió a las autoridades españolas «la puesta en libertad» de Del Río «a la mayor brevedad posible».


En detrimento del acusado

El fallo de Estrasburgo añadió en julio que esa doctrina «vacía de contenido las reducciones de pena por trabajo», recordó que el Convenio «prohibe que el derecho penal sea interpretado de forma extensiva en detrimento del acusado» y estimó que el cambio de jurisprudencia era «imposible de prever».

España fue condenada a indemnizar a Del Río con 30.000 euros por daños morales y 1.500 por gastos y honorarios.

Del Río (Tafalla, 1958) estaba condenada a más de 3.000 años de cárcel, de los que 2.232 correspondieron a la ayuda que prestó al ‘comando Madrid' para perpetrar el atentado contra un convoy de la Guardia Civil en la plaza madrileña de República Dominicana, en el que hubo 14 muertos y 40 heridos.

Cumplidos 20 años de prisión, 10 menos del máximo establecido de 30 años gracias a los beneficios penitenciarios, la puesta en libertad de la demandante estaba prevista para el 2 de julio de 2008, pero la Audiencia Nacional le aplicó la doctrina y fijó su excarcelación para 2017.

En la vista celebrada en marzo, la defensa de la demandante aseguró que el caso «no debe tener referencias políticas ni de terrorismo, sino la aplicación del Estado de derecho».

Los representantes del Gobierno español pidieron por su parte que se respetara el margen de apreciación de cada Estado para aplicar una pena, y enumeraron que el fin de la ‘doctrina Parot' conllevaría la puesta en libertad de 54 terroristas de ETA, siete del GRAPO, uno del GAL y 14 presos comunes, uno de ellos condenado por 74 violaciones.

Fuentes del Tribunal de Estrasburgo han confirmado que no está prevista la asistencia a la lectura del fallo de representantes de asociaciones de víctimas del terrorismo ni de partidos que apoyan a la demandante.
En representación de España, acudirá el embajador ante el Consejo de Europa, Fernando Alvargonzález.

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