El Tribunal Supremo confirmó ayer la absolución de Rabei Osman El Sayed, «Mohamed El Egipcio», dictada por la Audiencia Nacional en octubre pasado por los atentados del 11-M, en una sentencia en la que también ha anulado la pena de cárcel impuesta a otros cuatro condenados por la masacre. De los 21 condenados por la Audiencia Nacional, el Supremo ha ratificado sin grandes modificaciones las penas de prisión para 17 de ellos, ha absuelto a cuatro, y ha condenado a uno que había quedado sin cargos, el asturiano Antonio Toro, que ahora se enfrenta a una pena de cuatro años de prisión por tráfico de explosivos. Asimismo, ratifica las tesis defendidas en la sentencia de la Audiencia.
La Audiencia Nacional y ahora el Supremo han absuelto a «el Egipcio» del delito de pertenencia a organización terrorista por el que ya había sido condenado en Italia.
La Fiscalía y la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo habían recurrido la sentencia de la Audiencia Nacional al entender que la condena en Italia todavía no es firme lo que, a su juicio, obliga a la Justicia española a imponerle una nueva pena. No ha atendido esta petición el Supremo, que considera que no puede condenar a Rabei Osman, no por el hecho de que ya hubiera sido condenado en Italia como argumentó la Audiencia Nacional en la sentencia del 11-M, sino porque no se han concretado los hechos delictivos atribuibles al acusado.
El Tribunal Supremo también ha absuelto por falta de pruebas a otros cuatro condenados inicialmente por la Audiencia Nacional. Basel Ghalyoun, a quien la Fiscalía de la Audiencia Nacional llegó a acusar de ser uno de los autores materiales de la masacre y al que la Audiencia condenó a 12 años de prisión, ha quedado finalmente absuelto.
Para el Supremo, Ghalyoun es una persona de ideas radicales e incluso violentas pero este hecho no alcanza el «rango de prueba suficiente» para acreditar su pertenencia a banda armada. Argumentos similares emplea el tribunal para absolver a Mouhannad Almallah Dabas, condenado inicialmente a 12 años de cárcel.
El TS sostiene que, si bien ha quedado acreditada la «inclinación» hacia determinadas ideas violentas propias del islamismo radical, tampoco se ha podido demostrar su integración en un grupo terrorista. El tercer absuelto es Abdellah Fadual el Hakil, condenado por la Audiencia Nacional a 9 de años de prisión por un delito de colaboración terrorista. El Supremo no ha encontrado pruebas de que colaborara conscientemente con la célula que cometió el 11-M, a pesar de que trasladó un coche de los terroristas. En cuanto al español Raul González «El Rulo», quien había sido condenado por la Audiencia Nacional a 5 años por suministro de explosivos.