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TRIBUNALES

Decenas de condenas por contratar en fraude a interinos abren la puerta a indemnizaciones

Una oleada de resoluciones del TJSIB declara situaciones de interinidad abusiva a la espera de fallos de la UE y el Supremo

Los distintos procesos de estabilización de los últimos años, como el que aparece en la imagen, han reducido el número de interinos, pero no han hecho desaparecer los conflictos. | Emilio Queirolo

| Palma |

Decenas de sentencias condenan a administraciones públicas por el abuso en la contratación de interinos. Las resoluciones del TSJIB admiten la situación de fraude en la sucesión de contratos para ocupar plazas que deberían haber salido a oposición y, aunque descartan siempre que estos trabajadores públicos se puedan convertir en funcionarios sin ningún otro proceso, sí abren la puera a que puedan reclamar una indemnización a las administraciones.

La Ley que estableció los planes de estabilización en el año 2021 no ha cerrado del todo la conflictividad en la función pública y las sentencias a partir de reclamaciones de interinos son decenas en los últimos meses. Aunque sí supuso un avance, faltan por concretar de forma definitiva algunos aspectos, a la espera de que la justicia de la Unión Europea resuelva y de que el Supremo y el resto de tribunales nacionales interpreten la última resolución del Tribunal de Justicia de la UE de junio de este año que cuestionaba la última ley española.

Las sentencias del Tribunal Superior responden a tres peticiones: la declaración de un fraude en el contrato, la petición de fijeza y la posible indemnización. En torno al fraude, las condenas a la administración son masivas, en especial en personal del IB-Salut. Lo que se resuelve ahora son recursos presentados hace cuatro años, ante los retrasos que acumulan los tribunales de esta jurisdicción y, por lo tanto, previas a los procesos de estabilización. Las sentencias señalan que existe un fraude en la contratación cuando esta atiende a necesidades permanentes, no a una situación puntual de sobrecarga de trabajo por algún motivo.

Así, los contratos de facultativos durante más de una década con más de una decena de contratos diferentes son, de forma unánime asumidas como fraudulentas. No tienen tanto éxito otros colectivos, como docentes. En estas ocasiones sí que la administración ha justificado en varios casos la existencia de una necesidad concreta para la contratación del interino.

El TSJIB también rechaza, en la línea del Supremo que puedan ser convertidos en funcionarios sin un proceso previo. Sin embargo, sí establece que sean fijos hasta que esas plazas no sean convocadas.

En torno a las indemnizaciones, los interinos afectados reclaman cantidades de en torno a los 20.000 euros como daño moral por la situación de abuso. La sentencias rechazan, como hace el Supremo, que se genere un derecho objetivo a una indemnización, mientras no cambie la jurisprudencia. Sin embargo, si existe la posibilidad de que se reclamen cantidades en otros procesos.

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El debate sobre cómo compensar a los interinos que han pasado en fraude lleva, por ahora, a sentencias diferentes en cada territorio, a la espera de que el Supremo fije un criterio. La Ley de estabilización sí reconocía una indemnización de 20 días por año trabajado a los que se quedaran fuera una vez convocada su plaza. Sin embargo, varios tribunales han abierto la puerta a que esas compensaciones sean mayores y recojan daños morales. Otra opción abierta para los trabajadores que tienen una declaración judicial de que fueron contratados en fraude es poder reclamar a las administraciones que les emplearon cualquier daño que les produjera esa situación.

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