Circular sin motivo por el carril de la izquierda de la calzada fuera de poblado es sancionable, según ha informado la jefa de la directora de la Dirección General de Tráfico (DGT) de Baleares, Francisca Ramis.
En Mallorca hay algunos conductores que conducen a la velocidad mínima permitida transitando por el carril de la izquierda. Sin embargo, desde la DGT aseguran que no es una práctica habitual en la Ma-19. «No nos consta un número significativo de denuncias por este tema», sostiene Ramis. En concreto, en 2021 se han interpuesto 23 denuncias por este motivo. Durante todo el ejercicio del 2020 fueron un total de 150, frente a las 166 del ejercicio 2019.
Uno de los motivos por los que puede sancionar la DGT es «circular fuera de poblado por un carril distinto del situado más a la derecha en calzada con más de un carril para el mismo sentido de la marcha, sin existir circunstancias de tráfico o de la vía que lo aconsejen». En este caso, la sanción es de 80 euros, pero se puede reducir al 50 % y quedarse en 40 euros.
También es sancionable «circular por un carril distinto del situado más a la derecha en una calzada con más de un carril para el mismo sentido de la marcha entorpeciendo la circulación de otro vehículo». En este caso, la multa es de 200 euros, pero también se le puede aplicar una reducción del 50 % y quedarse en 100 euros.
El artículo 31 de la normativa en vigor establece que «fuera de poblado en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de marcha se circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga».