Los patinetes eléctricos tienen normas de circulación. La Policía de Palma ha recordado a través de su cuenta de Twitter que este tipo de vehículos no pueden circular por vías cuya velocidad máxima permitida sea superior a 30 km/h, a no ser que tenga carril bici.
La normativa que regula el uso de los Vehículos de Movilidad Personal (MVP) explica que los conductores que monten en patinetes eléctricos pueden ir por la ciudad siempre y cuando sea por fuera de las aceras y zonas peatonales. No se puede tampoco circular por vías interurbanas, es decir, autovías o autopistas, y tampoco por travesías o túneles urbanos.
Además, la velocidad a la que puede circular un patinete eléctrico debe oscilar entre los 6 y los 25 kilómetros por hora. Sin embargo, si el patinete eléctrico va a ser empleado para competición si que podrá superar ese límite. Los vehículos de personas con movilidad reducida tampoco deben cumplir con la norma.
Los agentes han compartido un vídeo de un usuario que circula en patinete por una vía en la que no puede estar y aseguran que «lo tuvimos que escoltar fuera de la interurbana Ma-15 hasta un lugar seguro para denunciarle».
Cabe recordar que desde la entrada en vigor de la norma ya se puede multar en caso de incumplimiento de la ley. El importe mínimo de la sanción es de 500 euros más la retirada del vehículo, pero cuantas más infracciones se cometan, más grande puede ser la multa y la sanción a pagar.