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Normas para los patinetes eléctricos: fuera de las aceras y multas de hasta 200 euros

Los patinetes eléctricos no pueden circular por la acera. | Pere Bota

| Palma |

Los patinetes eléctricos están de moda, de cada vez son más habituales en las ciudades. Esta tipología de VMP ha cobrado fuerza a lo largo de estos últimos años tanto de manera particular como de la mano de empresas de alquiler por minutos.

Los vehículos de movilidad personal, entre los que se encuentran los patinetes, son considerados vehículos «a todos sus efectos» y no podrán circular por las aceras, según ha señalado la Dirección General de Tráfico (DGT).

Así, sus conductores estarán sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Tampoco podrán llevar auriculares puestos. El incumplimiento de alguna de estas normas puede suponer una multa de hasta 200 euros.

Esta es la normativa que está en vigor según la Dirección General de Tráfico (DGT):

- Se consideran vehículos. Los patinetes y VMP (con una o más ruedas y una única plaza) son definidos y considerados vehículos a todos los efectos, por lo que estarán obligados a cumplir las normas de circulación, como hacen los coches o las motos (alcohol, drogas, etc.). Quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida.

- Prohibida la circulación por la acera. También tendrán prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.

- Velocidad máxima y mínima. Tendrán que circular entre 6 y 25 kilómetros por hora.

- Con certificado. Los VMP o vehículos de movilidad personal van a necesitar un certificado de circulación para acreditar que cumplen con los requisitos técnicos que se incluirán en el manual de características.

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