El Gobierno permitirá en las provincias, islas y zonas que han pasado a la fase I de la desescalada la reapertura al público a partir del lunes 11 de mayo de los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección de vehículos (ITV), centros de jardinería y viveros de plantas «sea cual fuera su superficie útil» mediante la utilización de cita previa. También podrán abrir las administraciones de lotería.
Así se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE) relativo a la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
El Gobierno señala que podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, «siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados», si bien se exceptúan aquellos que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior.
En el artículo 10 establece que además «podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV) y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta».
Reuniones sociales
La orden que regula la fase 1 permite, entre otros, la reapertura de las terrazas de hostelería y restauración al aire libre, hasta un número de mesas inferior al 50 % de las autorizadas.
En cada mesa o agrupación de mesas podrá haber como máximo 10 personas, que, además, deberán respetar la distancia interpersonal.
También se contempla en la fase 1 las reuniones de un máximo de 10 personas, sean en domicilios o en terrazas.
En cuanto a los hoteles y establecimientos turísticos, sus servicios de restauración serán para uso exclusivo de sus clientes y se prohíbe en ellos el uso de spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas y salones de eventos.
Además, se permiten actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta diez personas.
Bibliotecas y museos podrán reabrir con limitación de actividades y aforo.
Las comunidades podrán adaptar las franjas de actividad para paseos, actividad física, paseos para menores de 14 años a aquellas circunstancias climatológicas de sus territorios.
Se reanudan los velatorios con un número limitado de asistentes y las celebraciones en lugares de culto con un tercio de fieles.
El Ministerio de Sanidad recuerda que las personas con síntomas de COVID-19, aquellas a las que se les haya diagnosticado la enfermedad o las que hayan estado en contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada, deberán continuar aisladas.