En las últimas semanas, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) se ha popularizado tras los tumbos del Tribunal Supremo respecto a quién debe asumirlo -los bancos o los clientes- y que este martes, después de varias jornadas de deliberación, rectificó y concluyó que finalmente que lo tienen que pagar los titulares de la hipoteca; es decir, los clientes.
Como respuesta, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciaba menos de 24 horas después de la resolución del Supremo que el Ejecutivo cambiará la ley para que sean los bancos quien asuman este impuesto.
Pero, ¿qué es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados?
Cuando se formaliza una hipoteca hay que abonar un impuesto sobre la escritura notarial. Estos son los Actos Jurídicos Documentados (AIJD), un porcentaje que varía según la comunidad autónoma en la que se formaliza el préstamo.
Dicho impuesto está regulado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Dicho Real Decreto sujeta a gravamen los actos jurídicos que se documenten de la siguiente forma: los documentos notariales, mercantiles y administrativos.
El impuesto actualmente lo recaudan las comunidades autónomas, ya que tienen transferidas las competencias de este tipo de tributos. La cantidad depende del importe de la hipoteca y de la comunidad autónoma, pero va entre el 0,5 % y el 1,5 % de la compraventa. Por ejemplo, para una hipoteca de 200.000 euros en Madrid, la cantidad asciende a 2.250 euros. En Baleares, el gravamen es del 1,2 %.