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Las empresas pueden reclamar a los trabajadores que recuperen un festivo

En Baleares hay 10 días festivos de carácter estatal, otros tres autonómicos y dos fijados por los ayuntamientos en 2018. | Teresa Ayuga

| Palma |

Los trabajadores de Baleares podrían tener que recuperar un festivo este año si así se lo exige la empresa. Cinco comunidades, entre las que figuran las Islas, han programado este año un festivo más que el resto, de modo que el calendario laboral en 2018 tiene 15 festivos, en lugar de los 14 habituales según el calendario oficial. Desde la Conselleria de Treball explicaron que fijar un festivo recuperable es algo que recoge el Estatuto de los Trabajadores y que así se acordó en el seno de la mesa social con sindicatos y patronales a la hora de aprobar el calendario laboral para este año. Es una de las novedades del calendario laboral del 2018.

En concreto, el festivo recuperable es el 6 de enero, Día de Reyes. Un día recuperable, según la legislación laboral vigente, supone que -en el caso de no coincidir con su día de libranza semanal- , y no acudir a trabajar con la excusa de ser festivo, deberá ‘recuperar' esa jornada a lo largo del año, bien alargando minutos cualquier otro día hasta alcanzar ocho horas o mediante otros acuerdos en el marco de la empresa. La Conselleria de Treball tenía dos opciones para fijar un recuperable: Reyes o Jueves Santo y, según explicó en su momento, se inclinó por el primero, ya que un sábado afecta a menos trabajadores que otro día. En cualquier caso, desde Treball aclararon que no es obligatorio recuperar ese día, de modo que las empresas deciden si exigen o no que se recuperen esas horas.

Así, en Baleares habrá diez «festivos nacionales no sustituibles», que son comunes en todo el Estado: 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Reyes), 30 de marzo (Viernes Santo), 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 12 de octubre (Fiesta nacional de España), 6 de diciembre (día de la Constitución), 8 de diciembre (Inmaculada Concepción) y 25 de diciembre (Navidad). Hay que sumar también otros dos que designa cada comunidad, que en el caso de Baleares son tres, y otro par que fija cada municipio. Los tres festivos de carácter autonómico son el 1 de marzo (día de la Comunitat), 29 de marzo (Jueves Santo) y 2 de abril (Lunes de Pascua).

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