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Caso Palma Arena

El juez Castro cancela la prohibición de salir del territorio y la retirada del pasaporte a Jaume Matas

El magistrado cancela las medidas cautelares que pesaban sobre el expresident. | Teresa Ayuga

| Palma |

El magistrado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, ha dictado este martes su último auto en la macrocausa de corrupción Palma Arena, antes de jubilarse este miércoles, y ha acordado devolver el pasaporte y permitir salir de España al expresidente del Govern balear Jaume Matas.

Castro ha dictado un auto en el que accede a la solicitud de la defensa de Matas de cancelar las medidas cautelares de carácter personal que le impuso en 2010 por la pieza principal del caso Palma Arena: prohibición de salir del territorio nacional y retirada del pasaporte.

Esas restricciones pesaban sobre Matas desde el 30 de marzo de 2010, fecha en la que Castro dictó un auto de prisión provisional eludible con una fianza de 3 millones de euros para el ex ministro de Medio Ambiente por doce presuntos delitos de corrupción durante su último mandato en el archipiélago, en la causa matriz del Palma Arena.

El magistrado prohibió a Matas abandonar el país, por lo que no pudo regresar a su trabajo en Estados Unidos, y le retiró el pasaporte por riesgo de fuga ante los delitos que se le imputan.

Castro modificó ese auto en abril de 2012, eliminando la fianza y dejando en libertad a Matas, condicionada solo a que compareciera cada quince días en los juzgados y las veces que fuera convocado, pero mantuvo la retirada de pasaporte y prohibición de salir del país.

Dos años después, el juez anuló también la obligación que había fijado al expresidente autonómico de comparecer en el juzgado y mantuvo las otras dos medidas.

La defensa de Matas solicitó en 2016 al juez, y volvió a hacerlo el mes pasado, que levantara la prohibición de salir del territorio nacional y le devolviera el pasaporte, a lo que se opuso la Fiscalía, con respaldo de la Abogacía de la comunidad autónoma.

Para decidir levantar ambas medidas, Castro ha tenido en cuenta que Matas ha atendido «absolutamente todos los llamamientos judiciales» que han pesado sobre él desde que se le impusieron en 2010, incluidos algunos «bajo la admonición de penas realmente muy graves», afirma en el auto.

El magistrado también señala que, de todos los investigados y condenados por el caso Palma Arena, solo Matas mantiene «tal medida restrictiva de su libertad de deambulación».

Castro recalca que «condenados a penas incluso muy superiores (..) no solo no se han visto gravados por similar medida cautelar sino que incluso uno de ellos reside en la actualidad en el extranjero».

El magistrado se refiere a Iñaki Urdangarin, condenado a 6 años y 3 meses de prisión en el caso Nóos, donde Matas fue condenado a 3 años y 8 meses.

Según Castro, esa diferencia «constituye un trato hirientemente discriminatorio al que hay que poner fin de inmediato», sin perjuicio de que los órganos de enjuiciamiento de las distintas piezas separadas pendientes puedan acordar las medidas que consideren oportunas contra Matas.

Frente a la resolución cabe recurso de reforma y de apelación.

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