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Rechazan que un alumno cambie de centro para estudiar en castellano tras hacerlo tres años en catalán

| Palma |

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha denegado la petición de alumno para estudiar en un colegio público de Palma con el castellano como lengua de primera enseñanza, porque la libre elección se limita a la primera matrícula y ya había realizado tres cursos en catalán.

La sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso interpuesto por la madre del alumno contra la Conselleria de Educación por no haber respondido a su solicitud y contra la dirección del centro escolar, que denegó la petición al considerar que el menor ya había estado escolarizado durante tres cursos en el mismo colegio, con el catalán como lengua de primera enseñanza.

La madre formalizó la demanda contra la denegación del colegio y la presunta desestimación por parte de la Conselleria de Educación, por silencio administrativo, de su solicitud de octubre de 2014 para que su hijo cursara los estudios con el castellano como idioma, algo que ya había pedido en el curso 2012-13.

El tribunal señala que, además de esa solicitud del castellano como lengua de primera enseñanza para el curso 2012-13, también consta otra de la misma fecha en la que lo solicitado era que fuera escolarizado en catalán.

La sala considera que la madre ha consentido que el menor sea escolarizado en educación infantil en el mismo colegio durante tres cursos (2011-12, 2012-13 y 2013-14) con el catalán como lengua de primera enseñanza.

La legislación autonómica solo posibilita el ejercicio de la libre elección de lengua al realizar por primera vez la matrícula, según recoge la sentencia. El tribunal considera que la madre «no afronta la realidad» de que ha consentido durante tres cursos que en el mismo colegio el niño contase como lengua de primera enseñanza con la lengua catalana.

Sobre la intención de cambiar la opción lingüística al iniciar la enseñanza primaria, la sala recuerda sentencias anteriores que indican que normativa vigente solo posibilita el ejercicio de la libre elección de lengua al realizar por primera vez la matrícula sea en educación infantil, o en el primer ciclo de educación primaria si antes no se hubiera matriculado en infantil.

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