La modificación del planeamiento urbanístico que permitió en el año 2006 construir el hospital de Son Espases fue ilegal. El Tribunal Supremo ha declarado la «nulidad radical» del acuerdo del Consell Insular que modificaba el urbanismo de Palma y permitía instalar un equipamiento sanitario en la finca Son Espases Vell. El alto tribunal da la razón a la Congregación de Misioneros de los Sagrados Corazones que habían recurrido en 2009 una primera sentencia del TSJB que avalaba la operación.
Son dos los trámites administrativos que el Supremo echa en falta: una declaración de interés general por parte del Govern y una evaluación ambiental estratégica. Sobre el primer documento, el TSJB argumentó que no era necesario al tratarse de una obra que afectaba sólo a Mallorca. El Supremo indica que, al ser un hospital de referencia con influencia en todas las islas, era necesario ese documento. Además, reprocha al TSJB que «haya corregido nuestras apreciaciones fácticas al respecto». Sobre lo segundo indica: «Llama especialmente la atención la inexistencia de un convenio de colaboración entre las administraciones o la encomienda formal al organismo público para la redacción de la evaluación». La sentencia del Supremo razona que «dado el carácter sustancial de los defectos procedimentales, procede disponer la nulidad del acuerdo».
Ahora será en la fase de la ejecución de la sentencia en la que las distintas partes podrán alegar sobre qué salida dar a la situación generada por la decisión del Supremo.
Cort
Por su parte, el teniente de alcalde d'Urbanisme de Cort, Jesús Valls, manifestó que el hospital de Son Espases podría quedar legalizado adaptando el planeamiento de Palma a la Ley de Medidas Urgentes aprobada por el Govern del Pacte en 2008, ya que contempla un apartado específico que habilitaba la posibilidad de hacer Son Espases. Valls señaló que si el Ajuntament adapta el planeamiento a la Ley de 2008 el hospital quedaría legalizado. En el caso de que el Supremo no acepte esta medida, el titular d'Ubanisme explicó que Cort tendría que pedir una declaración ambiental estratégica a la comisión balear de Medi Ambient y una declaración de interés autonómico al Consell de Govern. El Ejecutivo de Matas concedió una declaración de interés autonómico al hospital de Can Mises, pero en el caso de Son Espases decidió que fuese una declaración de interés general concedida por el Consell de Mallorca; entonces la competencia eran de la institución insular y ahora es de Cort. No obstante, Valls precisó que el Ajuntament aún tiene que estudiar en profundidad esta sentencia y subrayó que el Consistorio no es parte de este procedimiento judicial.