La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma ha suspendido la vista prevista a las 11.00 horas para las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Fiscal para el gerente de Baleares Informática Balear (Bitel) durante el último mandato de Jaume Matas, Damià Vidal.
En un comunicado, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha informado de que se ha suspendido esta vista por «problemas de agenda» de uno de los abogados.
Cabe recordar que el pasado 21 de diciembre, la Audiencia Provincial de Palma condenó a cinco años de prisión y a quince años de inhabilitación a Vidal por haber urdido una trama dirigida a apoderarse de ingentes cantidades de los fondos públicos de los que tenía poder cuando estaba al frente de la empresa, aprovechando para ello la falta total y absoluta de controles administrativos y financieros.
En concreto, el tribunal de la Sección Segunda le considera autor responsable de los delitos de malversación de caudales públicos, fraude a la Administración, prevaricación y cohecho, si bien con las atenuantes de reparación parcial del daño y de dilaciones. La Fiscalía Anticorrupción solicitaba 12 años de prisión para el exalto cargo del PP, quien deberá además abonar 565.961 euros en concepto de responsabilidad civil.
Junto al exgerente, para quien el Ministerio Público rebajó en dos años su petición de condena, también han sido condenados a seis meses de cárcel los ingenieros informáticos Iván Guardia y Ramón de la Iglesia -exdirigente de Nuevas Generaciones (NNGG) del PP-, y al pago de una multa de 5.400 euros al exsecretario de la empresa pública Sebastián Romaguera. Mientras tanto, ha sido absuelto el exjefe financiero de la empresa, Miquel Simonet, para quien las acusaciones retiraron los cargos que le imputaban.
Y es que en su sentencia, el tribunal inicia su relato de los hechos declarando probado que Vidal se benefició de incrementos de nómina injustificados y no autorizados, con una retribución anual de 45.000 euros más 2.500 euros como plus de dedicación exclusiva, con el objetivo de lucrarse «indebida y personalmente». «Entre las facultades del director gerente no estaban el autoaumentarse sus retribuciones, ni concederse anticipos ni préstamos», expone la resolución.
Es más, Vidal efectuó en provecho propio cargos de compras y servicios particulares en la tarjeta de crédito de Bitel, gastos no autorizados que «nada tenían que ver con el fin por la que fue entregada la tarjeta», al tiempo que realizó transferencias bancarias no autorizadas e hizo suyos, mediante el ingreso en su cuenta corriente, 36.000 euros, a través de dos transferencias bancarias de la cuenta de la empresa pública.
Según la sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Eduardo Calderón, el acusado, para dar cobertura a estas actuaciones irregulares, contabilizó falsos adelantos a varias revistas y adquirió la mercantil Hélix Infocom como sociedad 'tapadera' para desviar fondos y hacerlos propios, simulando los procedimientos de contratación.
Así, Vidal y Romaguera, con el ánimo de ocultar su participación en esta sociedad que se dedicaría con carácter exclusivo a contratar con Bitel, adquirieron el cien por cien de las participaciones, sin que el exgerente figurase en esta compra al poner como testaferro a Romaguera. Las formalidades de la contratación administrativa fueron sorteadas, según el tribunal, mediante la simulación de entrega de presupuestos distintos por Hélix, Iván Guardia y Auditoría Informática Balear, «aparentando ser empresas distintas cuando en realidad todas ellas o eran lo mismo o se concertaban para ello».
Así, se calcula que la suma de cantidades abonadas a Hélix no correspondientes a trabajos realizados o por servicios «absolutamente innecesarios» asciende a 197.372 euros.
De forma paralela, Vidal simuló procedimientos administrativos de contratación para beneficiar a determinados particulares y mercantiles y obtener así un beneficio propio cobrando comisiones por las adjudicaciones. Para conseguir sus fines, se concertó con los acusados De la Iglesia y Guardia al objeto de que éstos se hicieran con los contratos de Bitel, en este caso relativos a servicios de protección de datos, percibiendo a cambio comisiones de entre el 16,5 y el 22,5 por ciento.
En lo que a las atenuantes se refiere, el tribunal considera «una quimera e inaceptable» el hecho de que, habiendo consignado Vidal 100.000 euros una vez concluida la fase probatoria del juicio y devuelto 12.266 euros cuando cesó como gerente, el abogado pretendiese que «apreciemos la concurrencia de, no una, sino dos atenuantes y además ambas como muy cualificadas». De este modo, se limita a apreciar la reparación del parcial del daño y la de dilaciones.