Veinte autocares turísticos no son suficientes para atender la demanda en toda Mallorca, según señala una sentencia dictada por la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSIJB), que ha estimado en su totalidad un recurso contra un acuerdo del Consell de Govern sobre los servicios mínimos durante la huelga general del 29 de septiembre de 2010.
La Federación Balear de Transporte recurrió el acuerdo del Govern que entonces presidía Francesc Antich que fijó en 20 los autocares de transporte no regular necesarios para cubrir las ocho zonas en las que fue dividida Mallorca.
Unas 350.000 personas estuvieron llamadas a secundar la huelga general del 29-S en 2010 en Balears para mostrar su rechazo a la reforma laboral y a las medidas adoptadas por el Gobierno central con el fin de reducir el déficit.
Viajeros
Según alegó la patronal, los servicios mínimos fijados suponían el 2% de la flota y el 7,7% de viajeros a transportar, lo que es «notablemente insuficiente», subrayó.
El Govern, por su parte, se opuso al recurso subrayando que la decisión administrativa que fija los servicios mínimos no precisa necesariamente de previa negociación. «Los servicios mínimos fijados no son insuficientes», resumeron sus servicios jurídicos.
La sentencia del TSJB da la razón a la patronal del transporte y recuerda que la propia Administración demandada fijó un porcentaje del 80% de servicios mínimos para la huelga del 12 de agosto de 2011.
Subraya que la parte recurrente tiene razón al denunciar que se fijan servicios mínimos para el transporte en Son Sant Joan, pero se omite cualquier previsión para el transporte en los aeropuertos de Menoca y Eivissa.