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El Supremo rechaza el recurso de Moll y le obliga a pagar las costas del 'caso Royaltur'

Jaume Moll, en el centro, durante el juicio celebrado en la Audiencia Nacional. | Teresa Ayuga

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El 'caso Royaltur' ha llegado al final de su recorrido tras quince años de pleitos en diversas instancias con un demoledor auto dictado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Los magistrados han rechazado el recurso de casación presentado por el hotelero Jaume Moll y otros querellantes contra la sentencia dictada por la Audiencia de Palma, e impone, asimismo, las costas a la parte recurrente, al apreciar «temeridad y mala fe en la prosecución de la acción penal», según el auto.
Moll ejerció durante el juicio celebrado en la Audiencia de Palma la acusación particular y mantuvo que se sintió estafado por una relación contractual, lo que motivó la pérdida diversos bienes de su propiedad valorados en miles de millones de pesetas.
Temeridad
El Supremo recuerda en su auto que no hay un concepto o definición legal de temeridad o mala fe y que se suele entender como pauta general, que esas circunstancias concurren cuando se «carezca de toda consistencia y que la injusticia de su reclamación sea tan patente que deba ser conocida por quien la ejercitó, de aquí que tenga que responder por los gastos y perjuicios económicos causados con su temeraria actuación».
Asimismo, el alto tribunal alude a la prueba oral practicada en el juicio y dice que «no hay que olvidar» que el Ministerio Público «no sostuviese acusación» tras el periodo de diligencias, optando por mostrar su posición en el caso en el apartado de conclusiones provisionales. Los abogados defensores de los querellados fueron Eduardo Valdivia, Miguel Coca y Pau Más, entre otros. Las costas de todo el larguísimo proceso judicial pueden superar los seis millones de euros, según fuentes próximas a la causa.
La sentencia dice que resulta destacable «la muy ulterior adhesión a la querella del resto de los querellantes», todos ellos pertenecientes al círculo íntimo Moll y «a quienes se había comprometido a sufragar los costes económicos derivados de la reclamación procesal».

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