La versión ofrecida por el ex president Jaume Matas para contrarrestar el supuesto enriquecimiento ilícito que se le atribuye por parte del juez instructor y la Fiscalía se basa, según sus declaraciones, en la utilización de 400.000 euros que había defraudado a Hacienda.
El juez que instruye el 'caso Palma Arena', José Castro, le espetó a Matas: «usted quiere convertir esto en un simple delito fiscal».
La versión ofrecida por Jaume Matas en la obtención del 'dinero negro' -procedente de alquileres de diversos inmuebles propiedad de su familia- y su importe -400.000 euros- no lleva aparejado, directamente, la consideración de un delito fiscal ya que, según el Código Penal, para alcanzar tal consideración de la defraudación de la cuota debería superar los 120.000 euros. La pena de cárcel, en este caso, oscila, según el artículo 305, oscila entre uno y cuatro años.
Prescripción
A favor de los planteamientos de Matas figura la prescripción de las deudas fiscales, las cuales, en España, prescriben a los cincos años. De este modo, es imposible que la cuota defraudada al fisco alcanzase los 120.000 euros. Con una declaración complementaria, Matas podría dejar saldadas sus cuentas con Hacienda.
Caso Palma Arena
El fraude a Hacienda de Matas no es un delito fiscal, según el Código Penal
El ex president admitió el uso de 400.000 euros opacos al fisco entre 2004 y 2007
P.C./V.M./G.V. |