No incluye tantas «novedades» como la que se presentó hace un año, pero la Ley de Acompañamiento también incluye la modificación de leyes, la creación de empresas públicas y cambios normativos. Uno afecta a las expropiaciones y a los derechos urbanísticos.
Según la disposición adicional undécima «se autorizan, con solicitud previa de licencia urbanística, las obras y usos en aquellas parcelaciones y solares que, como consecuencia de una obra pública o declarada de utilidad pública para la que se haya seguido el sistema de expropiación, no cumpla los requisitos de parcela o fachada mínimas».
Un ejemplo práctico: si tras expropiar parte de un terreno para construir una carretera, su propietario podrá solicitar licencia urbanística sin tener en cuenta los metros que haya perdido por la expropiación. Tendrá que cumplir algunos requisitos, como solicitar la licencia en el plazo de dos años.
Mediante otra disposición adicional de la Ley de Acompañamiento, el Ejecutivo se blinda para poder cambiar la financiación de algunas de las carreteras del convenio. Esta disposición señala que «el Govern se faculta para llevar a cabo la licitación, contratación y pago de las obras previstas en el Convenio de Carreteras».
La mayoría de reformas legislativas que incluye el texto ya habían sido anunciadas por los respectivos titulares de las conselleries. Una de estas reformas afecta a la Ley de la Función Pública.
Ley de Capitalidad
El texto da rango de ley al llamado Fondo de Cooperación Municipal,
estableciendo la obligatoriedad de que el 20% del fondo se dedique
a los gastos «de capitalidad» de Palma.
La Ley de Acompañamiento recoge las nuevas medidas tributarias y fiscales que serán de aplicación en las Islas a partir del próximo año.
También se modifica la ley por la que se creó el SOIB y el Ibanat.
Los Presupuestos, que ayer iniciaron su tramitación parlamentaria, también incluyen una distribución territorial de las inversiones. Tal como recoge el gráfico que acompaña a esta información, ha habido incrementos para todas las Islas: de un 192% en Mallorca; de un 122% en Menorca y de un 178% en Eivissa y Formentera.