El tribunal de arbitraje de la Conselleria de Consum i Salud del Govern balear ha dictado una resolución en la que, por primera vez, se condena a la compañía Telefónica a indemnizar a un cliente por el daño moral que le ha causado. A este cliente se le facturaron llamadas telefónicas a un número 906 (que tiene un alto coste) sin que él hubiera utilizado esta línea. El usuario comprobó que, por un fallo técnico cuyo origen todavía no ha conseguido averiguar, cada vez que entraba en internet el acceso a la red se realizaba a través de un número 906. Esta anomalía la descubrió el cliente cuando la compañía telefónica le presentó una factura por la que le reclamaba el pago de 1.546 euros. El usuario avisó a la compañía que se había producido un error, ya que en la factura aparecían estas llamadas al número 906. Después comprobó que se había modificado su modo de acceso a la red de internet. Este perjudicado se puso en contacto con la compañía y manifestó su intención de abonar únicamente las llamadas que él consideraba que había realizado, pero ninguna de ellas a través de la línea 906. La compañía, en un principio, no entró en razones y llegó incluso a cortar la línea del cliente y se negó a facilitar el número de la cuenta corriente en la que pudiera ingresar el dinero. Sin embargo, la compañía después rectificó y facilitó el número de la cuenta.
El cliente acudió a la vía del arbitraje en lugar de demandar a la compañía. Era la primera vez que se planteaba ante el tribunal de arbitraje un conflicto por el cobro de llamadas a través de la línea 906, aunque se sabe que éste no es el único caso que se ha producido. Los tres miembros del tribunal acuerdan, no sólo que Telefónica no tiene derecho a reclamar el pago de esta elevada factura, sino que incluso debe indemnizar con 1.782 euros al usuario por los daños morales que le causó esta situación.