El Juzgado de lo Social número 13 de València ha declarado nulo el nombramiento de un alto cargo de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) al vulnerarse el derecho fundamental de acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, según se desprende de la resolución consultada por Europa Press.
De esta forma, el juez ha estimado la demanda interpuesta por la Confederación General del Trabajo (CGT) y ha declarado nulo el nombramiento de este puesto, Jefe de Área de Seguridad en la Circulación de FGV.
El juzgado, tras analizar el caso, ha concluido que el nombramiento del trabajador se produjo sin que tuviera lugar un proceso de selección previo y sin que cumpliese con la titulación universitaria exigida para cubrir el cargo. Además, no formaba parte de la plantilla fija de FGV, requisito imprescindible para poder promocionar en cualquier empresa pública.
Y añade sobre el último aspecto: «El hecho de que la persona que ocupa el puesto de jefatura tenga un contrato indefinido no permite ignorar nuestro ordenamiento jurídico, de modo que la forma adecuada para que el mismo pueda pasar a ser personal fijo y participar en los puestos correspondientes a su titulación es que se presente a los correspondientes procesos selectivos que convoque la entidad, pudiendo obtener una plaza fija y teniendo la posibilidad, por tanto, de promocionar de acuerdo con los procedimientos legalmente establecidos».
En este sentido, el juzgado recuerda que FGV es una entidad pública empresarial que forma parte del sector público de la Generalitat, que su personal es empleado público, que está al servicio de los intereses generales y que presta un servicio público y, por ello, «debe cumplir escrupulosamente los artículos 23.2 9.3 y 103 de la CE que establece, entre otros, el sometimiento de la Administración a los principios de legalidad».
Además, establece que en el acceso al empleo público, hay que cumplir los principios de publicidad, mérito y capacidad, así como el respeto al derecho fundamental a la igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución.
En definitiva, añade el juez, «FGV no ha acreditado la existencia de causas suficientes, reales y serias para justificar su conducta, por lo que a la vista de los hechos que se declaran probados y de los razonamientos expresados en los fundamentos precedentes, cabe concluir que sí se ha producido la vulneración de los derechos fundamentales que se alegan, discrepando así del informe del ministerio fiscal».
Desde CGT València se han mostrado «satisfechos» con la sentencia, ya que les da la razón en uno de «los principales objetivos de la sección, acabar con los nombramientos a dedo sin que se cumplan los principios básicos de publicidad, igualdad, mérito y capacidad».
La organización ha lamentado haber tenido que llegar a recurrir a los tribunales, ya que las diferentes direcciones que han pasado por FGV en estos últimos siete años no han atendido las advertencias que se han realizado desde el sindicato a través de escritos, consultas jurídicas a los distintos consejos de administración, conselleria y llegando hasta Les Corts.
«Advertimos y denunciamos a organismos de la GVA, la Inspección General de Servicios investigó exhaustivamente y no sólo nos dio la razón, si no que sus conclusiones fueron más allá de lo que nosotras esperábamos; ante la contundencia de las conclusiones, solicitamos tanto a la Gerencia como a la consellera que actuaran de oficio y anularan el nombramiento, hicieron oídos sordos, así que no nos dejaron más salida que los tribunales», ha insistido.
Desde la organización han anunciado que aunque conocen que FGV ha recurrido la sentencia, continuarán exigiendo el cumplimiento de los requisitos y que «se acabe con los privilegios» en las empresas públicas. «Esta supone un antes y un después tanto en FGV como en el resto de empresas del sector público instrumental de la Generalitat», ha subrayado.