El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia de Málaga a dos hombres por un delito contra la salud pública, tras considerar probado que introdujeron grandes cantidades de cocaína en España dentro de bananas simuladas enviadas desde República Dominicana.
Según recoge la sentencia del alto Tribunal andaluz, consultada por Europa Press, la Sala de Málaga condenó a cada acusado, con la circunstancia que atenúa la pena de dilaciones indebidas y confesión tardía, a cuatro años de prisión y multa de 1.800.000 euros. Además, absolvió a un tercer procesado.
Así, la Audiencia malagueña consideró probado en su sentencia que uno de los condenados y el acusado que resultó absuelto constituyeron en 2016 una empresa con domicilio social en Málaga capital que estaba dedicada en principio al comercio al por mayor de frutas y hortalizas.
El segundo condenado conocía el ámbito de importación de frutas, con múltiples contactos con la empresa exportadoras, y realizaba labores de comercial, proporcionando los contactos. Además, se encargaba personalmente de concretar los pedidos, gestionar el transporte desde América y logística en territorio nacional.
Dados los contactos de este en la República Dominicana, cuyo administrador único era un acusado declarado rebelde en esta causa, acordó con el otro procesado «proceder a introducir en España importantes cantidades de cocaína», culminando las gestiones en una operación para introducir bananas como tapadera.
Así, en octubre de 2016, llegó al puerto de Valencia en un buque varios contenedores cuyo contenido declarado eran 1.080 cajas de bananas. Funcionarios de la Guardia Civil y de Vigilancia Aduanera detectaron siete cajas ubicadas en la parte central interior de un palet «con una densidad distinta al resto».
Una vez inspeccionadas se detectaron en seis de las cajas ocho bananas simuladas y en una caja, otras nueve, aprendiéndose un total de 57 piezas de bananas simuladas que contenían en su interior cocaína, con un peso de 6.931 gramos. Para poder identificar a los destinatarios, se sustituyó la fruta simulada por otras, volviendo a cerrar las cajas.
Estos palés fueron cargados en un camión con destino a la empresa malagueña, donde se descargó la mercancía y se colocó en una cámara
frigorífica. Los dos acusados fueron al lugar para ver la mercancía y fueron detenidos al intentar marcharse del recinto, según la sentencia de Málaga.
Con posterioridad a la intervención, dos de los investigados hablaron por mensaje con un agente de Aduanas de una empresa de transportes «para que pusieran a disposición los palets, cajas y esquineras de los embalajes en que venía el cargamento de bananas que había de ser destruida».
Por esto, se realizó una nueva inspección por parte de la Guardia Civil y Vigilancia Aduanera, encontrándose en el interior del cartón de las cajas un total de 55 pastillas de 100 gramos de cocaína cada una, con un peso total de 5.484 gramos y también en otras nueve cajas ya enviadas a Málaga un doble fondo con otros 4.855,47 gramos.
El Tribunal señaló que «dada la dificultosa ocultación» de la droga esta «no podía ser extraída en teoría sino por los destinatarios finales del cargamento, que eran los dos acusados» que han resultado condenados. La sustancia intervenida tenía un valor de venta al por mayor de 598.629 euros.
La sentencia fue recurrida por la empresa de transportes que solicitaba que ambos acusados fueran condenados al pago de 29.011,73 euros en concepto de indemnización «por los gastos inherentes a los contenedores incautados»; pero el TSJA declara, como la Sala de Málaga, que no ha lugar a dicha indemnización.