La Asamblea de Madrid tendrá que constituirse entre el 13 de junio y el 7 de julio, aunque se prevé que sea el primer día del plazo a las 10 horas, mientras que la constitución de ayuntamientos y proclamación de alcaldes se producirá igualmente el 17 de junio.
Así se desprende del informe que ha conocido este miércoles el Consejo de Gobierno de la Comunidad sobre los plazos y el calendario para las próximas elecciones a la Asamblea y a los 179 ayuntamientos de la región del próximo 28 de mayo, según ha informado el vicepresidente y consejero de Educación y Universidades, Enrique Ossorio, en rueda de prensa.
De este modo, y acorde con los plazos y actuaciones legales que conlleva el proceso, se ha fijado el calendario electoral 2023 que arrancará con la expedición del Decreto de convocatoria de elecciones el lunes 3 de abril. Su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y Boletín Oficial del Estado (BOE) para la entrada en vigor tendrá lugar al día siguiente.
Igualmente, entre el 5 y el 19 de abril, ambos inclusive, será la publicación en el BOCM de los locales oficiales y lugares públicos reservados para la realización gratuita de los actos de campaña electoral.
Entre el 8 y el 12 de abril, como máximo, será el turno para que el BOCM refleje los integrantes de las Juntas, Electoral Provincial (JEP) y Electoral de Zona (JEZ). La publicación se efectúa al día siguiente de la elección de presidente de dicha Junta, del 7 al 11 de abril.
El 10 de abril se incluirá en el BOCM la relación del número, los límites de las Secciones Electorales, sus locales y las Mesas correspondientes a cada una de ellas, efectuado por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral oídos los Ayuntamientos.
A continuación, se procederá a la exposición por parte de los Consistorios y Consulados de las listas electorales vigentes entre el 10 al 17 de abril. La consulta podrá realizarse por medios informáticos o mediante la exposición al público de las listas electorales, si no se cuenta con medios informáticos suficientes.
Candidaturas y voto por correo
La presentación de candidaturas ante la Junta Electoral correspondiente (a la Asamblea de Madrid ante la JEP y los ayuntamientos ante las JEZ) será del 19 al 24 de abril y publicadas el 26 de abril en el Boletín Oficial de la región.
Desde el 4 de abril al 18 de mayo se inicia el proceso de solicitud del voto por correo en España del CER (censo electoral de españoles residentes-ausentes que viven en el extranjero). La remisión del voto por parte de los electores que quieran ejercer su derecho será posible del 8 al 24 de mayo.
El 2 de mayo se publicarán en el BOCM las candidaturas proclamadas, así como los adelantos de subvenciones electorales que tendrán lugar a partir del 3 de mayo, como consecuencia de la Orden dictada por el consejero de Economía, Hacienda y Empleo, Javier Fernández Lasquetty, y que se podrán solicitar entre el 5 y el 9 de abril.
Del 23 al 27 de mayo se prohíbe la difusión de sondeo electoral alguno. La campaña para la que los partidos y candidatos puedan pedir el voto será entre el 12 y el 26 de mayo. El 27 se fija la jornada de reflexión y el 28 de mayo día de la votación.
El escrutinio general efectuado por la Junta Electoral Provincial (JEP) se efectuará en el periodo comprendido entre 31 de mayo y 3 de junio.