La Audiencia Provincial de Bizkaia ha rebajado de cuatro años y medio a tres años la condena a un agresor sexual tras la revisión de la pena en aplicación de la Ley de 'solo sí es sí'. Se trata de la primera resolución judicial de este órgano judicial por el que se revisa una condena de estas características.
En ella se rebaja la pena que se impuso el 10 de junio de 2019 a un hombre por agredir sexualmente a una mujer, después de haber solicitado el condenado la revisión de la sentencia condenatoria tras entrar en vigor la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual.
La Audiencia vizcaína establece que, en aplicación de esta norma, el procesado debía cumplir tres años en lugar de los cuatro años y medio a los que fue condenado en un principio. De esta forma, el reo ya habría cumplido la pena.