El contencioso abierto entre las federaciones de atletismo y montañismo ha llegado a un punto clave tras hacer pública el Govern una resolución que distingue entre Trail Running y Carreras de Montaña. En la misma se fijan unos criterios próximos a un principio de acuerdo alcanzado entre las tres partes, reunidas en una Comisión que no llegó a buen puerto. Los mismos, se aplicarán a partir del 1 de enero de 2020, aunque si el Consejo Superior de Deportes (CSD) hace pública su postura sobre la definición de ambas modalidades, la resolución de Esports se puede revisar para adaptarla, si se considera adecuada, a la línea trazada desde Madrid.
La resolución de Esports, firmada por la consellera del área, Fanny Tur, refiere la creación de la citada comisión y, ante la falta de acuerdo, se basa en informes técnicos y en las conclusiones extraídas de los encuentros realizados entre las tres partes.
De esta manera, se fija, en el ámbito competencial del Govern, es decir, en Balears, que las Carreras de Montaña estará reguladas por los estatutos y reglamentos de la Federació Balear de Muntanyisme i Escalada (FBME) y los recorridos tendrán que superar, obligatoriamente, la cota de los 600 metros.
Mientras, las carreras de Trail Running, estarán adscritas a la normativa de la Federació d'Atletisme de les Illes Balears (FAIB) y sus recorridos no podrán superar la cota de los 600 metros.
En el caso de competiciones que ya formen parte de ambos calendarios y en los que la cota supere los 500, pero no los 600 metros, el organizador podrá elegir antes del inicio de cada temporada a qué calendario adscribirse.