El descenso del Mallorca a Segunda B ha empujado al filial a Tercera y por lo tanto queda una vacante en el grupo tercero de Segunda B que hay que cubrir. Se esperaba para este lunes la decisión de la Federación Española, pero esta se aplaza hasta el 30 de junio o 3 de julio porque el 1 es sábado. ¿Para quién es esta plaza que deja vacante el filial? Todo indica que debe ser para el Poblense al tratarse del equipo de categoría inferior a la que jugaba el filial que con mayor puntuación no hubiere obtenido el ascenso y, en su caso, el de territorialidad, según el Art.197 c.
Miquel Bestard, presidente de la FFIB, manifiesta su «optimismo» respecto a que finalmente la plaza vacante del Mallorca B recale sobre el Poblense. «Las sensaciones que percibo es que van a otorgar la plaza al Poblense. De momento la Española no ha decidido y lo hará el viernes o el lúnes, pero soy optimista. Estoy casi seguro que la plaza será para las Balears, pero hay que espear un par de días más».
UD Poblense, factor territorial
El problema principal es la defectuosa redacción de la normativa federativa aplicable, lo que origina un dilema jurídico al que se agarran los rivales del Poblense. Sin embargo, el club azulgrana entiende que la plaza es suya ya que finalizó segundo del campeonato regular y por lo tanto, como reza la naturaleza del artículo, ostenta «el mejor derecho del equipo de la categoría inferior que, con mayor puntuación, no hubiese obtenido el ascenso y, en su caso, el de territorialidad». Existe además un precedente. Fue en 2014 cuando fue el Rayo Vallecano B tomó la plaza del Real Madrid C por descenso del Castilla a Segunda B. El Rayo fue segundo en la clasificación regular y era el equipo de mejor puntuación que no había ascendido en el grupo madrileño de Tercera. Los argumentos del Poblense son en este sentido indiscutibles.
Peña Deportiva, su aval, el playoff
La Peña entiende que al haber disputado dos rondas de la promoción a Segunda B, pese ser cuarto en la Liga regular, llegó más lejos que el Poblense en el play off jugando dos rondas. El equipo azulgrana cayó en la primera. No parece aparentemente un argumento de peso.
Linares, interpretación propia
El Linares hace también una interpretación propia del reglamento y atiende al siguiente razonamiento: el Linares entiende que debe premiarse al equipo descendido con mejor puntuación. El club jienense militaba en el grupo IV de Segunda B y descendió en la promoción. Entiende que no debe premiarse la territorialidad y sí la mejor puntuación de un equipo de la misma categoría que el descendido. En cierto modo tiene razón, pero este precepto se aplica en caso de que un equipo que ha ascendido a Segunda B, haya renunciado al ascenso y este no es el caso. El Linares acude al punto uno del artículo 197 cuya naturaleza premia al equipo de Segunda División B que baja y que puede tomar la plaza de uno que renuncia.
Mensajero, suma total de puntos
El club canario traslada a la Federación que se debe aplicar el criterio de «el mejor clasificado de los descendidos que son los equipos que tienen el derecho a ocupar la plaza vacante». En este precepto, el club rojinegro cree que debe ser repuesto en la categoría, porque a sus 46 puntos no llega ninguno de los otros que, como este equipo, descendió de Segunda B a Tercera.
Calahorra, ambigüedad
El club riojano se une a la fiesta y cree que la plaza le pertenece al haber sumado 95+6 puntos entre Liga y playoff, pese a no ser del territorio balear. Aprovecha la ambigüedad de la norma para leer hasta donde más le interesa: «el mejor derecho del equipo de la categoría inferior que con mayor puntuación no hubiere obtenido el ascenso», obviando «y en su caso, el de territorialidad», como finaliza el artículo.