La Dirección General de Tráfico (DGT) ha actualizado su normativa en cuanto al estacionamiento de vehículos para pernoctar, estableciendo multas que pueden llegar hasta los 600 euros para aquellos que se aventuran en áreas no habilitadas para la acampada. Esta medida busca regular una práctica que ha ganado popularidad, especialmente desde el aumento del caravaning en España tras la pandemia.
Diferencias entre pernoctación y acampada
Mientras que la pernocta se permite en cualquier ubicación siempre que el vehículo esté debidamente estacionado, la acampada requiere el cumplimiento de normativas específicas que varían según la localidad. Un vehículo correctamente aparcado para pasar la noche debe tener un seguro vigente y haber aprobado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), eliminando cualquier límite de tiempo para esta práctica.
En cambio, la acampada está sujeta a restricciones basadas en normativas locales, lo que determina el tiempo máximo de estancia permitido. Según el Real Automóvil Club de España (RACE), las infracciones por acampar en áreas protegidas resultan en multas mayores, por lo que es crucial informarse previamente sobre las regulaciones específicas del lugar.
Multas elevadas en Baleares
Las islas presentan un caso particular, donde las multas oscilan entre los 750 y los 1500 euros debido a las zonas de vivienda tensionada. Sin embargo, se considera un eximente cuando las personas utilizan sus vehículos como vivienda permanente y están clasificadas como vulnerables por los Servicios Sociales.
Que cosas, si duermes te multan pero parece que si fornicas no. Será cuestión de dormir en bolas y si te toca el cristal la benemérita dices que estás en un receso.