TRIBUNALES

Absuelven a una mujer condenada por borrar archivos de su empresa poco después de ser despedida

Un juzgado de lo Penal de Palma le había impuesto el pago de una multa de 1.800 euros e indemnizar a la perjudicada con 2.500 euros

Absuelven a una mujer condenada por borrar archivos de su empresa poco después de ser despedida

Imagen de recurso de una mujer usando un ordenador | Foto: Shutterstock

| Palma |

La Audiencia Provincial de Palma ha anulado la sentencia de un juzgado de lo Penal que condenaba a una mujer al pago de una multa de 1.800 euros por borrar archivos de su empresa poco después de ser despedida. La mujer también tenía que indemnizar con 2.500 euros a la propietaria de la entidad perjudicada.

El tribunal entiende, tras el recurso presentado por la defensa de la acusada, ejercida por el abogado Pedro Martínez, que no se interpretó bien el artículo 263 del Código Penal y debería haberse aplicado el 264. La juzgadora en su sentencia valoró que el daño causado por la procesada no fue grave. Ante esto, la Audiencia sostiene en el fallo, al que ha tenido acceso Ultima Hora, que "la aplicación del artículo 263...(...) resulta inadecuado a la vista del propio tenor literal del mencionado precepto" y añaden los magistrados que "existiendo tipo penal específico no cabe la aplicación del artículo 263; y que no reuniéndose los elementos del tipo específico, y único aplicable, la consecuencia debió haber sido la libre absolución".

La sentencia del Penal consideró probado que la acusada, con ánimo de menoscabar la propiedad ajena, el 6 de junio de 2022, después de la que dueña de la empresa donde trabaja le comunicara su despido, accedió al ordenador que venía usando en la tienda, y al tiempo que decía "esto no se lo dejo a Cati ni de coña" procedió al borrado de un archivo de Excel. Este no pudo ser recuperado y contenía datos de más de 200 clientes potenciales. Estos se habían acercado a la tienda o interesado en algún producto de manera espontánea o través de alguna campaña de publicidad. La procesada, además de su condición de trabajadora cualificada, también realizaba la función de crear y gestionar dicho archivo Excel. Ese documento era una herramienta de trabajo para las otras empleadas de la tienda y estaba ubicado en una carpeta compartida a las que todas tenían acceso.

Tras la celebración del juicio en una sala de lo Penal de Palma el pasado año la mujer, que llegó a ser detenida por la Policía Nacional, fue condenada en sentencia dictada en octubre de 2024 al pago de una multa de 1.800 euros por un delito de daños y a indemnizar a la propietaria de la empresa en 2.500 euros. Ahora, tras el nuevo fallo emitido por la Audiencia Provincial ha quedado absuelta.

10 comentarios

user dmollf | Hace 22 días

Lo que nos quieren hacer creer. La incompetencia del juez inicial por no saberse las leyes nos obliga a que la delincuenta quede impune Naturalmente la inútil no pagará su error. La realidad. La delincuenta es cuñada amiga o similar de algún juez. Montamos este circo y al carrer. La víctima que se jod... Corrupción política igual a corrupción funcionarial. Sigan votando a los mismos. Nada que añadir.

Pepe Pepe | Hace 23 días

Esto genera un peligroso precedente…

user Filopator | Hace 23 días

Como siempre, la justicia a favor de los delincuentes. ¿Y al empresario quién le echa una mano?

Claudio Ranieri Claudio Ranieri | Hace 23 días

LlonguetEntonces todas las canciones creadas por un cantante son de la discográfica, todos los libros escritos por el escritor son de la editorial?? Venga ya...

Nilo Garcia Nilo Garcia | Hace 23 días

esta es una materia que no esta para nada clara... por un lado tenemos el tema de los derechos de autor... crear una archivo EXCEL desde cero supone una "creacion y por ende una autoria"... de hecho... si la empresa externaliza este trabajo lo debe de pagar... no asi si delega en un empleado que "sabe de EXCEL" y por lo tantos e aprovecha de un valor agregado... pues..."una cosa es saber conducir un camion... y otra muy distinta es arreglarlo cuando se daña"... asi un empleado que "sabe de EXCEL" se supone que solo ha de "operar el programa" mas no "crear cosas con el" es como el albañil que pone ladrillos segun reza en un plano... o los pone "creando una obra sin plano alguno"... fastidia que "tanto progresismo" persista dejando al lado esta regulacion del trabajo creativo no asociado al puesto de trabajo ofertado y menos aun por las responsabilidades asociadas y desde luego sin relacion alguna con el salario "extra" que ello supone"

user jeppe | Hace 23 días

Será cuestión de estudiar todas las hipótesis. Imaginen que ha creado desde cero varias excels revolucionarias para el proceso productivo de tu empresa, con los que metes dos datos y ahorras un montón de tiempo....y poco después la empresa te despide porque ya no te necesita, dado que los archivos que creaste los puede manejar cualquier otro por su sencillez, pues te cabreas y los borras porque te sientes traicionado/a.

user Geperut | Hace 23 días

Otra muestra más de que la justicia española no funciona. Y van ......

Angelcaído Angelcaído | Hace 23 días

Va en algún momento este CONGRESO a APROBAR LEYES QUE PROTEJAN AL CIUDADANO Y NO A UNOS POCOS POLÍTICOS'?

user Llonguet | Hace 23 días

Creo que el tribunal se equivoca, los archivos aun habiendo sido creados por la persona despedida se elaboraron en horario laboral, por lo que son propiedad de propiedad de la empresa.

Medusa Medusa | Hace 23 días

Que bien, absuelta tras cometer un delito. No voy a decir que me sorprenda. La justicia española, siempre con los delincuentes. Cachondeo puro y duro.Mañana más. 😂🤣

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