Síguenos F Y T L I T R

La Audiencia absuelve al exdiputado acusado de abusos sexuales a dos menores en Sóller

El Ministerio Fiscal solicitaba para el procesado siete años y medio de cárcel

El exdiputado durante una de las dos sesiones llevadas a cabo en la Sección Primera de la Audiencia de Palma. | Alejandro Sepúlveda

| | Palma |

La Audiencia Provincial de Palma ha absuelto a Josep Ramon Balanzat, el exdiputado ibicenco procesado semanas atrás por acoso y abuso sexual a dos menores, una joven de 17 años y su primo de 12, en Sóller en 2020 mientras ejercía de profesor y coordinador en una escuela de adultos. El tribunal de la Sección Primera considera que no ha quedado demostrado que el expolítico llevase a cabo ninguna conducta inapropiada con los denunciantes.

La Fiscalía solicitaba siete años y medio de cárcel para Balanzat, que fue diputado por Els Verds Eivissa entre 1995 y 1999 y también director general de Cooperación entre 2007 y 2011, por dos delitos de abuso sexual y otro de acoso sexual. El Ministerio Público también pedía que el acusado, ibicenco de 60 años, indemnizara a las dos víctimas con 4.000 y 5.000 euros.

Negó los hechos

El procesado, que reconoció en el juicio que mantuvo numerosas conversaciones de WhatsApp con la chica, negó cualquier abuso o acoso. «Esta adolescente me contó un drama familiar. Me dijo que su padrastro es un borracho y que su padre se había borrado del mapa, que había sufrido bullying y que no tenía amigos. Mi único objetivo fue intentar que ella se sintiera cómoda, querida y respetada. Me contó que estaba sola, que nadie la quería y la verdad es que lo único que pretendía era hacerla sentir bien y que se sintiera empoderada», explicó.

El primo de 12 años de la joven denunció en su día que Balanzat le besó en los labios, algo que tampoco quedó demostrado a juicio del Tribunal. Dicho extremo también fue rechazado por el acusado. «Hablé con él. Tenía problemas de identidad sexual. Tuvimos una conversación emotiva con las puertas del aula abiertas. Al acabar, nos dimos un abrazo. Jamás hubo beso en la boca ni en la mejilla», explicó en la vista, que tuvo lugar los días 9 y 10 de mayo en la Audiencia. El fallo no es firme y puede ser recurrido.

Relacionado
Lo más visto