El Estado niega tener ninguna responsabilidad en el juicio al exjuez Manuel Penalva y al exfiscal Miguel Ángel Subirán. La Abogacía pide su absolución en un procedimiento en el que comparece como responsable civil subsidiario de los posibles delitos cometidos durante las instrucciones de los casos ORA y Cursach. La mayoría de las acusaciones particulares reclaman elevadas cantidades por los daños y perjuicios sufridos por detenciones ilegales y otros delitos por los que califican la actuación de Penalva y Subirán.
Las acusaciones de policías locales, funcionarios, empresarios y el político Álvaro Gijón, incluyen en sus escritos reclamaciones por daño moral, suspensiones de empleo y sueldo y otros perjuicios sufridos durante su imputación y, en ocasiones, prisión preventiva. La más elevada es la que solicita el empresario Antoni Roig, de 1,2 millones de euros.
En caso de condena, los principales responsables serían los propios Penalva y Subirán junto a los policías de blanqueo. Todos ellos afrontan además peticiones de cárcel por parte de la Fiscalía Anticorrupción que superan los cien años. Sin embargo, la propia Anticorrupción reclamó que se citara a la Abogacía del Estado como posible responsable civil subsidiario. En su escrito de defensa señalan que «no se justifican ni se acreditan los daños sufridos por las acusaciones» y critica que estas han hecho una «designación generícia de haber sufrido graves daños morales, profesionales y en su salud». «La existencia de estos daños indeterminados se niega por esta parte», concluyen y reclaman la libre absolución del Estado.
En cualquier caso, el escrito de la Abogacía del Estado se abstiene de entrar en el fondo de la calificación penal y de los hechos por los que se acusa al exjuez y el exfiscal, ambos jubilados por incapacidad. De todos los denunciantes, los únicos que no formularon una reclamación civil anudada a la acusación penal son Bartolomé Cursach, Bartolomé Sbert, Jaime Lladó y otro empleado del Grupo Cursach. Todos ellos se han reunido en una única acusación particular y hacen expresa reserva de acciones civiles posteriores. Es decir, que en caso de condena podrían actuar después y plantear un procedimiento civil contra ambos. En la instrucción se impuso una fianza a los acusados a 420.000 euros.