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Condenada por dejar morir a su expareja en un hotel de Cala Rajada tras una sobredosis

Los hechos han sido juzgados este jueves en la sala del jurado de la Audiencia de Palma. | Alejandro Sepúlveda

| Palma |

Una mujer ha sido condenada en la Audiencia de Palma por dejar morir a su expareja tras una sobredosis en un hotel de Cala Rajada. La acusada se ha declarado culpable este jueves de un delito de omisión de socorro y ha aceptado una multa de 540 euros tras llegar a un acuerdo con la fiscal y el abogado de la familia de la víctima.

Los hechos juzgados en la sala de jurado de la Audiencia se remontan al 11 de septiembre de 2019. La víctima acudió por la mañana a tomar un café a un bar de Capdepera con su compañero de piso y fumaron marihuana, además de consumir otro tipo de sustancias estupefacientes. A mediodía, los dos se dirigieron a la vivienda de los padres del perjudicado y, durante el camino, un conocido le facilitó un bote de metadona que el hombre consumí tras su recuperación de la adicción a la heroína.

La víctima y su compañero de piso, a continuación, fueron a ver a una amiga y al cabo de unas horas se desplazaron a una cafetería de Cala Rajada que ambos frecuentaban. Allí se encontraba la procesada. El hombre tenía una orden de alejamiento de su expareja y se quedó fuera del establecimiento, pero después los dos se dirigieron a un hotel de Cala Rajada y se alojaron en la habitación 410.

Durante la noche, el hombre ya presentaba un mal estado de salud. A medianoche quedó inconsciente y la mujer optó por abandonar el lugar. A las 11.00 horas del día siguiente regresó al hotel y encontró a la víctima con espuma en la boca y en aparente parada cardiaca. Así se lo comunicó la investigada a una amiga suya a través de WhatsApp a las 11.15 horas.

A las 12.45 del mismo día, la mujer insistió a su amiga en que su ex continuaba sin respirar y le envió una serie de mensajes: «Está que ni respira, no paro de llorar», «Limpiándole la espuma». Su amiga le dijo que llamara a una ambulancia y le ofreció acudir al lugar, pero fue ingnorada por la encausada, que le respondió: «No echa aire ni por la nariz ni por la boca». A las 12.45, su amiga le volvió a escribir que llamara a una ambulancia: «Tía, llama a la ambulancia. ¿Y el corazón?, ¿lo notas?, ¿sabes mirar pulsaciones en el cuello?».

La amiga de la enjuiciada le ofreció acudir al hotel a las 13.05 horas y la mujer, finalmente, accedió pidiéndole que subiera a la habitación sin decir nada. A las 13.14 horas, cuando la mujer llega al lugar y observa la situación, decide llamar al servicio de emergencias 112. Mientras acudía la asistencia médica, le indicaron por vía telefónica cómo llevar a cabo la reanimación cardiopulmonar. La acusada la realizó por indicaciones de su amiga. El hombre fue estabilizado por los sanitarios, que lo trasladaron al hospital donde finalmente falleció.

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