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Absuelto por proponer sexo a un menor en s'Arenal porque el Código Penal no lo castiga

El acusado abordó al adolescente en s’Arenal de Llucmajor. | Redacción Sucesos

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Hacer una propuesta sexual a un menor en la calle no entra en el Código Penal. Un juzgado de Palma absuelve de un delito de abusos a un hombre acusado de hacer una proposición a un chico de quince años en enero de 2021 en s'Arenal de Llucmajor. El hombre se acercó al menor, le pidió primero tabaco y después mantener relaciones sexuales. El adolescente se marchó del lugar muy nervioso sin acceder y le contó lo ocurrido a un adulto que estaba allí y que denunció los hechos. La Fiscalía calificaba lo ocurrido como un delito de abusos y reclamaba una condena de quince meses de prisión.

La magistrada rechaza los cargos y concuerda con la defensa, ejercida por el abogado Carlos Portalo, que esos hechos quedan fuera de tipificación penal. La sentencia señala que el artículo por el que se le acusaba castiga a quien «determine a un menor de 16 años a participar en un comportamiento de naturaleza sexual». «La conducta típica de participar en un comportamiento sexual ha de tener un significado similar al de hacer presenciar actos de carácter sexual», indica. Señala que se castiga a quien lleve al menor a intervenir en una práctica sexual con él o con un tercero. «El hecho de proponerle a un menor tener relaciones sexuales no integra el delito», concluye.

El Código Penal, sin embargo, sí castiga a quien realice proposiciones sexuales a un menor a través de medios informáticos con penas que llegan a los tres años de cárcel.

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