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Absuelto el capitán de yate acusado de grabar en Palma a una de sus tripulantes mientras se duchaba

La jueza considera que la prueba donde el imputado supuestamente confesaba los hechos «no fue obtenida de manera espontánea»

Imagen del juicio, celebrado a principios de junio, en una sala de lo Penal de Vía Alemania de Palma. | J.P.M.

| Palma |

El capitán de yate juzgado en Palma semanas atrás acusado de grabar a una de sus tripulantes mientras se duchaba en la embarcación ha sido absuelto. La magistrada sostiene en la sentencia que la prueba que había, una grabación de la perjudicada donde supuestamente el imputado confesaba los hechos, no fue obtenida de manera «espontánea». El Ministerio Fiscal solicitaba para el imputado un año de prisión como presunto autor de un delito de revelación de secretos.

Los hechos discutidos en una sala de lo Penal de Vía Alemania se remontan al verano de 2019. El procesado y la denunciante, y otros dos compañeros más, se encontraban en Palma. Un día, la única chica de la tripulación se fue a duchar en la embarcación y el imputado, presuntamente, la grabó a través del tragaluz.

«Tuve una conversación con él tiempo después, sin saber yo nada, y me soltó ‘hace un mes te grabé en la ducha, pero era una broma», explicó la perjudicada. En ese momento se vino abajo. «Me quedé paralizada y sigo yendo al psicólogo», apuntó. La grabación, según el acusado, se quedó en una intención. «No existe ningún vídeo. Un día estábamos todos de cachondeo y pensé en hacerle una broma para decirle luego que le había grabado», sostuvo el imputado, que negó en todo momento lo ocurrido.

Horas después de la supuesta confesión, la mujer se citó con el hombre y grabó la conversación, tras hablarlo con sus padres, que ambos mantuvieron, que fue reproducida en la vista. En la misma se pudo escuchar cómo un varón confesaba lo ocurrido. El procesado negó ser el que se escuchó en la sala.

El fallo apunta a que durante la vista quedó patente que fue la testigo la que provocó la conversación, que acabó siendo grabada, en la que el capitán le reconocía los hechos, por lo que «dicha grabación no puede ser tenida en cuenta como prueba». Asimismo la juez también rechaza en la sentencia la declaración de un testigo, ya que no fue la misma en policía, en instrucción y en el juicio.

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