En España, solo pueden llevar armas los miembros de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado, además de vigilantes, cazadores, tiradores deportivos y las personas que acrediten una necesidad de autodefensa.
El uso legal se contempla como el derecho de cualquier individuo a la tenencia, uso y transporte de armas, con fines defensivos, deportivos y cinegéticos (como medio de supervivencia o deporte), sin perjuicio de otras actividades legales que pudieran realizarse con las mismas.
Mario Sánchez, instructor de tiro y profesor de Ideas Formación nos explica las peculiaridades de esta normativa.