La Dirección General de Tráfico (DGT) pretende garantizar la seguridad de los usuarios después de un accidente. El Reglamento General de Vehículos establece la obligación de llevar en el vehículo dos triángulos de preseñalización del peligro y al menos un chaleco reflectante de alta visibilidad.
Los conductores de turismos, de autobuses, de automóviles destinados al transporte de mercancías, de vehículos mixtos, de conjuntos de vehículos no agrícolas, así como los conductores y personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad.
Actualmente en España no es obligatorio circular en moto con el chaleco reflectante puesto, como sí lo es en Francia u otras partes del mundo, pero la normativa obliga a llevarlo siempre en el vehículo para ponérselo en caso de tener que apearse del mismo en una vía interurbana, sea de día o de noche.
Nuestro experto en seguridad vial, Antoni Cánovas, nos explica todas las obligaciones y sugerencias.