El jurado popular ha declarado culpable de homicidio al hombre de 54 años que este lunes ha admitido en el juicio que el 31 de marzo de 2017 mató de una punzada en el corazón a una mujer en un piso de Ibiza.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, el jurado ha determinado que el procesado, que confesó el crimen cuando todavía no se había establecido que la mujer había sido víctima de una agresión, debe ser condenado por homicidio.
No obstante, el jurado popular no considera probado que solo se pudo investigar este caso gracias a la declaración de este hombre. Además, el jurado popular se ha mostrado contrario al indulto o a parte de la suspensión de le pena.
La defensa del acusado y la Fiscalía han acordado en la vista celebrada este lunes solicitar una pena de 8 años de prisión con la aplicación de la atenuante muy cualificada de confesión.
También han pedido una indemnización civil a la madre de la víctima de 65.000 euros.
Al inicio de la vista, el letrado defensor había planteado la absolución del procesado porque clavó el punzón a la víctima al defenderse durante una pelea y mientras estaba embriagado por alcohol y cocaína. Sin embargo, al final del juicio se ha sumado a la solicitud del fiscal.
El juicio ha quedado este lunes visto para sentencia y en los próximas días se dictará una resolución.
El procesado, para quien la Fiscalía solicitaba antes del juicio 12 años y medio de prisión, ha explicado ante el jurado que juzga el caso que no solo confesó el homicidio cuando no había sospechas sobre él, sino que además facilitó a la Policía las imágenes de las cámaras de seguridad que le situaban en el lugar de los hechos.
«Todos los días de mi vida», ha respondido el acusado cuando su abogado defensor le ha preguntado si se arrepentía de lo que había hecho.
Según la declaración del procesado, no cuestionada por el fiscal, el 31 de marzo de 2017 confesó a su esposa y a su hijastro que la noche anterior había matado a una mujer a cuya vivienda acudía con frecuencia para comprarle cocaína y mantener relaciones sexuales.
La propia esposa y el hijo han testificado que, efectivamente, tras esa confesión el hombre les dijo que también necesitaba contárselo personalmente a su hijo mayor, residente en Madrid, por lo que viajó hasta la capital española, donde el 3 de abril se personó ante un juzgado de guardia para confesar el crimen.
En el juzgado, ha contado el procesado, expuso su relato a un funcionario que le dijo que le llamarían antes de 15 días, pero él insistió ante unos policías, que dieron crédito a su confesión, como han declarado ellos mismos en la vista.
Los agentes comprobaron que se había producido la muerte de una mujer en Ibiza en las circunstancias expuestas, aunque la forense que participó en el levantamiento del cadáver en la noche del 31 de marzo, viernes, había atribuido inicialmente la muerte a causas naturales.
Esta forense ha testificado que no recordaba exactamente qué había recogido en el informe de la primera inspección ocular, en la que apreció «múltiples lesiones» que «por las condiciones de luz no se pudieron valorar con exactitud».
Ha indicado que consideró que las heridas externas de la mujer podrían haber sido causadas por su perro tras la muerte natural de la dueña y ha incidido en que la conclusión quedó «pendiente de la autopsia».
Fue en esa autopsia, practicada después del fin de semana, cuando la misma profesional sanitaria constató que la mujer había muerto a causa de una herida en el corazón ocasionada por un objeto punzante.
Cuando el homicida se personó en los juzgados de Madrid y la Policía fue avisada en Ibiza aún no se tenía constancia de que la fallecida había sido víctima de una agresión homicida, una circunstancia que la Fiscalía ha destacado como causa de la aplicación de una atenuante muy cualificada de confesión.
La defensa ha puesto el acento, asimismo, en que el procesado fue quien facilitó a los investigadores del caso las imágenes de las cámaras de seguridad del edificio donde se produjo el crimen, puesto que él mismo las había instalado.
La vista oral ha concluido y el tribunal ha entregado al jurado el objeto del veredicto para que emita su resolución.