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Indemnizan a dos turistas que quedaron colgando de un pararrayos tras un accidente de 'parasailing'

Los hechos sucedieron en Ibiza el 24 de septiembre de 2014.

| Palma |

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial ha condenado a una empresa de 'parasailing' a indemnizar con 16.370 euros a dos clientes que, mientras eran tirados por una lancha, se les rompió la cuerda que unía el paracaídas a esta y, tras estar flotando a la deriva durante un tiempo, quedaron colgando del pararrayos de un hotel a nueve plantas de altura.

Los hechos sucedieron en Ibiza entre las 15.45 horas y las 16.00 horas del 24 de septiembre de 2014 cuando había activada una alerta amarilla por tormentas y rachas de vientos desde primera hora de la mañana y que en el momento del suceso había devenido en alerta naranja. Esta alerta contempla vientos de entre 71 hasta 120 kilómetros por hora.

En la sentencia se explica que el tiempo que hacía en la isla en el momento del accidente correspondía con la previsión meteorológica prevista para ese día, tal como explicó en el juicio el jefe del Grupo de Predicción y Vigilancia de la Aemet en Baleares.

Según la Sala, la responsabilidad de consultar el parte meteorológico y la decisión de iniciar el ascenso no incumbe a los lesionados sino al representante de la empresa que se dedica al 'parasailing', deporte acuático que consiste en colgar de un paracaídas mientras una lancha tira del mismo por medio de una cuerda.

Para los magistrados, el caso es un supuesto de «responsabilidad por culpa o negligencia» en que se considera probado «culpa o negligencia» del demandado al ser previsible la existencia de tormentas y fuertes vientos.

De esta manera, la Audiencia revoca la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Ibiza que desestimaba la demanda interpuesta por los clientes y absolvía a los demandados.

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