La Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a dos personas a desalojar una finca de Santa Eulària del Riu (Ibiza) que estaban ocupando tras firmar un contrato que resultó ser falso.
Según recoge la sentencia, el administrador de la finca se percató de la presencia de los dos demandados en julio de 2016 e inició una demanda de desahucio.
Los dos afectados se opusieron a abandonar la finca porque decían que habían firmado un contrato de arrendamiento con una entidad que se atribuía ser propietaria del inmueble, que resultó ser falso. Habían pagado 14.300 euros como renta anual anticipada.
Los dos ocupantes de la finca fueron acusados de un delito de usurpación pero fueron absueltos porque no se pudo probar que supieran que el contrato que habían firmado era falso.
Después se intentó desalojar a los dos demandados pero el juez de instancia rechazó la petición por apreciar un defecto de forma en su planteamiento. Ahora la Audiencia ha revocado esta decisión y, entrando a examinar los hechos, considera que la argumentación de los dos ocupantes es insuficiente para legitimar su posesión material de la finca.
En particular, la Audiencia se apoya en que en la sentencia penal en la que fueron absueltos precisamente se partía de la premisa de que el documento que firmaron era falso, y que no han realizado ninguna prueba para identificar a la supuesta entidad que les habría firmado el contrato. Por ello, ha obligado a los demandados a dejar libre la finca dentro del plazo legal.